Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2017 (17/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 17 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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(i) Descripción de las transacciones realizadas, tales como la adquisición de servicios de fabricación, compra de bienes, prestación de servicios, préstamos, garantías y licencias de activos intangibles, debiendo señalar los acuerdos o contratos que rigieron en tales transacciones, las obligaciones y derechos que surgen de los mismos y el contexto en el que se realizaron. (ii) Información relativa al test de beneficio, el valor de la contraprestación y, de ser el caso, las razones por las que no califican como de bajo valor añadido, tratándose de servicios. (iii) Monto de las transacciones realizadas en su moneda de origen y de registro, así como los importes pagados y cobrados. (iv) Identificación de las contrapartes en las transacciones y, de ser el caso, de los terceros involucrados en estas. (v) Análisis detallado funcional, es decir, las funciones desempeñadas, los riesgos sustanciales asumidos y los activos significativos utilizados; y de comparabilidad respecto al contribuyente y sus contrapartes, por cada una de las transacciones realizadas. (vi) Identificación del método de precios de transferencia más apropiado aplicado para el análisis de cada transacción y las razones para la selección de dicho método, especificando por qué dicho método es el más apropiado para reflejar la realidad económica de la operación; así como, la información sobre los cálculos y datos que se deriven de la aplicación del método aplicado. (vii) Identificación de la parte vinculada seleccionada como parte examinada y la explicación de las razones de su elección. (viii) Resumen de las hipótesis sustanciales adoptadas para la aplicación de la metodología de precios de transferencia. (ix) Sustento para realizar un análisis plurianual, de ser el caso. (x) Lista y descripción de las transacciones comparables (internas o externas) si las hubiera, información de los indicadores financieros para empresas independientes que han servido de base para el análisis de precios de transferencia, así como la descripción de la metodología para la búsqueda de comparables y de las fuentes de las que procede la información. (xi) Descripción de los ajustes de comparabilidad realizados, indicando si dichos ajustes fueron aplicados a las transacciones comparables, a las características de las partes que realizan las transacciones y/o a las funciones que las mismas ejecutan. (xii) Explicación de las razones por las que se concluye que el monto de las transacciones es el que hubieran utilizado partes independientes en condiciones iguales o similares, conforme al método de precios de transferencia elegido. (xiii) Resumen de la información financiera utilizada en la aplicación de la metodología de precios de transferencia. (xiv) Copia de los acuerdos anticipados de precios relacionados a las transacciones bajo análisis. 3. Respecto contribuyente: a la información financiera del

del inciso a) del presente artículo se alude a transacciones entre partes vinculadas, también debe entenderse que se está haciendo referencia a transacciones realizadas desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición. Cuando el contribuyente también esté obligado a presentar la declaración jurada informativa Reporte Maestro y ésta contenga parte de la información a que se refiere el presente inciso, será suficiente la remisión a dicha declaración, precisando cuál es esa información. b) La declaración jurada informativa Reporte Maestro: 1. Estructura organizacional Un organigrama que ilustre la estructura organizacional legal y la propiedad del capital de los integrantes del grupo, así como la ubicación geográfica y jurisdicción de domicilio o residencia de los mismos y la denominación del grupo. 2. Descripción del negocio o negocios de los integrantes del grupo, indicando: (i) Principales factores impulsores de los beneficios empresariales. (ii) Descripción de la cadena de suministro de los cinco (5) principales productos y/o servicios del grupo en términos de ingresos, así como cualesquiera otros productos o servicios que representen más del cinco por ciento (5%) de los ingresos consolidados del grupo. La descripción requerida puede presentarse en forma de gráfico o diagrama. (iii) Lista y breve descripción de los acuerdos significativos de prestación de servicios entre integrantes del grupo, distintos de los servicios de investigación y desarrollo (I+D), en particular una descripción de las capacidades de los principales centros que presten servicios significativos y de las políticas sobre precios de transferencia utilizadas para asignar costos de los servicios y determinar los precios a pagar por estos. (iv) Descripción de los principales mercados geográficos donde se comercializan los productos y/o servicios del grupo que se mencionan en el acápite (ii) del presente numeral. (v) Análisis funcional en el que se expongan las principales contribuciones a la creación de valor por cada uno de los integrantes del grupo, es decir, las funciones desempeñadas, los riesgos sustanciales asumidos y los activos significativos utilizados. (vi) Descripción de las principales operaciones de reestructuración empresarial, adquisiciones y retiros de capital invertido que hayan tenido lugar durante el ejercicio al que corresponde la declaración jurada informativa Reporte Maestro. 3. Descripción de la política del grupo en materia de intangibles que contenga lo siguiente: (i) Descripción general de la estrategia global del grupo en lo que respecta al desarrollo, propiedad y explotación de intangibles, incluyendo la localización de los principales centros de investigación y desarrollo (I+D), como de la dirección y administración de la investigación y desarrollo (I+D). (ii) Listado de los intangibles o conjuntos de intangibles del grupo que sean significativos a efectos de precios de transferencia y de las personas, empresas o entidades que sean sus propietarios legales. (iii) Listado de los acuerdos significativos sobre intangibles celebrados entre personas, empresas o entidades vinculadas, en particular los acuerdos de reparto de costos, los acuerdos de servicios de investigación principal y los acuerdos sobre licencias de uso de intangibles. (iv) Descripción general de las políticas del grupo sobre precios de transferencia en relación con la investigación y desarrollo (I+D) e intangibles. (v) Descripción general de las transmisiones relevantes de derechos sobre intangibles efectuadas entre personas, empresas o entidades vinculadas durante el ejercicio

(i) Estados financieros anuales del contribuyente, correspondientes al ejercicio por el cual se presenta la declaración jurada informativa Reporte Local. De existir estados financieros auditados, los mismos deben presentarse, de lo contrario, se presentarán los estados financieros sin auditar. (ii) Papeles de trabajo que demuestren la forma en que los datos financieros utilizados para aplicar el método de precios de transferencia están relacionados con los estados financieros anuales. (iii) Apéndices resumidos de la información financiera de los comparables utilizados en el análisis y la fuente de la que proceden. La declaración jurada informativa Reporte Local que presenten los contribuyentes que realicen transacciones desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición debe contener la información mínima antes señalada. Para este efecto, cuando en el numeral 2

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