Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (17/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2017 / El Peruano el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto al siguiente organismo internacional: PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En soles) PERSONA JURÍDICA 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES2 670 440.00CORTE PENAL INTERNACIONAL - CPI Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1587361-2 Autorizan al CONCYTEC y al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 268-2017-RE Lima, 15 de noviembre de 2017 VISTO: El O fi cio N° 288-2017-CONCYTEC-SG, de 24 de octubre de 2017, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al año 2017, a diversos organismos internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2017; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, se han previsto recursos para el pago de las cuotas a favor de diversos organismos internacionales, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a efectuar el pago de las siguientes cuotas: Pliego Presupuestario Moneda Monto Persona Jurídica 114: Consejo Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTECEUROS 60 000.00Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo - CYTED DÓLARES AMERICANOS 12 900.00International Centre for Genetic Engineering and Biotechnology – ICGEB Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1587361-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 269-2017-RE Lima, 15 de noviembre de 2017VISTO: El O fi cio N.° 4524-2017-MTPE/4, del 30 de octubre de 2017, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual a favor de la Red Interamericana para la Administración Laboral - RIAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N.º 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2017; siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, se han previsto recursos para el pago de la cuota anual 2017 a favor de la Red