Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 24 de noviembre de 2017
III. DECLARACIONES JURADAS Manifiesto con carácter de declaración jurada:

NORMAS LEGALES

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1.- No cuento con proceso judicial alguno, en trámite, relacionado con las multas administrativas comprendidas en la presente solicitud. 2.- Autorizo expresamente para que se me notifique, en el correo electrónico señalado en el presente formulario, los actos procedimentales y actos administrativos que se generen en la tramitación de la presente solicitud; en concordancia con el numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. 3.- Toda la información proporcionada con la presente solicitud es veraz y los documentos presentados son auténticos; en caso contrario, me someto al procedimiento y a las sanciones previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y penal correspondiente.

IV. FIRMA DEL SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDO :

FIRMA DNI / Carné Extranjería Nº RUC N° : En representación de: FECHA :

1590140-4

Conforman el Comité Directivo de CITEagroindustrial VRAEM, CITEagroindustrial Oxapampa y CITEagroindustrial Huallaga
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 563-2017-PRODUCE Lima, 21 de noviembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 310-2017-ITP/SG del Instituto Tecnológico de la Producción y el Informe N° 1630-2017-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, señala que los CITE Públicos deben contar, entre otros, con un Comité Directivo; y que el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP puede disponer que un Comité Directivo tenga bajo su ámbito más de un CITE sobre la base de criterios de territorialidad o especialidad; Que, el artículo 19 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que el Comité Directivo de los CITE Públicos es designado por Resolución Ministerial del sector, y está conformado por un máximo de siete (07) miembros, un (01) representante del Ministerio de la Producción, un (01) representante del ITP y representantes del sector privado vinculado a la cadena productiva; asimismo, dispone que el Ministerio de la Producción designa al presidente del Comité Directivo de los CITE Públicos, con excepción de lo dispuesto en el Título III del Decreto Legislativo N° 1228; Que, mediante Resolución Ministerial N° 406-2015-PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM - CITEagroindustrial VRAEM", de naturaleza pública, en el ámbito del ITP; Que, con la Resolución Ministerial N° 049-2016-PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa", de naturaleza pública, en el ámbito del ITP; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 057-2016-PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación

Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga", de naturaleza pública, en el ámbito del ITP; Que, mediante el Oficio N° 310-2017-ITP/SG, el Secretario General del ITP, teniendo en cuenta criterios de especialidad, solicita la conformación del Comité Directivo que tenga bajo su ámbito el CITEagroindustrial VRAEM, el CITEagroindustrial Oxapampa y el CITEagroindustrial Huallaga; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM - CITEagroindustrial VRAEM, Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa y Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga CITEagroindustrial Huallaga, el cual está integrado de la siguiente manera: a) Ivan Guillermo Mifflin Bresciani, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, quien lo preside. b) Enrique Arévalo Gardini, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva. c) Hugo Ilan Salas Ramírez, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva. d) Macario Veramendi Zúñiga, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva. e) Rodolfo Alexander Lopez Diaz, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva. f) Mercedes Inés Carazo de Cabellos, representante del Ministerio de la Producción. g) Manuel Jesús Martín Gomez De La Torre Aranibar, representante del Instituto Tecnológico de la Producción.

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