Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de noviembre de 2017 /

El Peruano

aplicable excepcionalmente a casos de infraestructura social y económica, para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacionales, entre otros; Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo en el inciso 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 020-2017-TP/ DE se aprueban las "Modalidades de Acceso al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y Distribución Presupuestal 2017"; asimismo, a través de la Resolución Directoral N° 023-2017-TP/ DE, modificada por Resoluciones Directorales N°s. 065 y 137-2017-TP/DE, se aprueban los "Lineamientos de Intervención para Presentación de Proyectos en la Modalidad de Acción de Contingencia"; Que, según los citados lineamientos, la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) implica gestionar la solicitud de recursos a fin de financiar proyectos de inversión pública; Que, a través del artículo 5 de la Resolución Directoral N° 190-2017-TP/DE, se aprueba la ratificación de demanda adicional de diecinueve (19) proyectos con Códigos SNIP N° 293835, 365016, 379905, 322103, 327976, 328066, 357628, 249446, 249479, 256038, 297692, 354226, 354260, 354308, 380063, 381223, 381618, 322925 y 352561; Que, mediante Decreto Supremo N° 297-2017-EF, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 hasta por la suma de S/ 11 126 596,00 (Once Millones Ciento Veintiséis Mil Quinientos Noventa y Seis con 00/100 Soles), a favor de los pliegos Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Municipalidad Provincial de Chiclayo y la Municipalidad Provincial de Trujillo; con cargo a los recursos del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458; estableciendo en el Anexo N° 3, de dicha norma, la lista de los proyectos precitados a ser financiados por el Programa, cuyo importe total asciende a S/ 7 484 926,00 (Siete Millones Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Veintiséis con 00/100 Soles); Que, mediante Resolución Ministerial N° 196-2017-TR, se aprueba la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 297-2017-EF, que autoriza un crédito suplementario por un monto de S/ 7 484 926,00 (Siete Millones Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Veintiséis con 00/100 Soles), con cargo a las fuentes de financiamiento 1 Recursos Ordinarios y 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Programa, para realizar las transferencias financieras respectivas; Que, a través del Informe Nº 509-2017-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos solicita la emisión de la resolución ministerial que apruebe las transferencias financieras, respecto a diecinueve (19) convenios por un importe total de S/ 7 484 920,03 (Siete Millones Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Veinte con 03/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública en los departamentos de Ancash (02), La Libertad (01), Lima (14), Loreto (01) y Piura (01) de la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa

(COENE) AC-90, en el marco del Decreto Supremo N° 297-2017-EF; Que, a través de documentos de vistos, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, señala que conforme a lo solicitado por la Unidad Gerencial de Proyectos, se otorga las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s. 1317-2017 y 1318-2017, por los importes de S/ 3 928 921,44 (Tres Millones Novecientos Veintiocho Mil Novecientos Veintiuno con 44/100 Soles) y S/ 3 555 998,59 (Tres Millones Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Novecientos Noventa y Ocho con 59/100 Soles) bajo las fuentes de financiamiento 1 Recursos Ordinarios y 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, respectivamente, a fin de financiar los diecinueve (19) convenios de la Acción de Contingencia EspecialNorma Expresa (COENE) AC-90, en el marco del Decreto Supremo N° 297-2017-EF, por lo que resulta procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe las transferencias financieras del Aporte Total del Programa a favor de los organismos ejecutores comprendidos en la referida intervención; Que, mediante Informe N° 610-2017-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, asimismo, mediante Oficio N° 543-2017MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 1066-2017-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico N° 279-2017-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1359-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y, el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de diecinueve (19) convenios de la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) AC-90, en el marco del Decreto Supremo N° 297-2017-EF, por el importe total de S/ 7 484 920,03 (Siete Millones Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Veinte con 03/100 Soles), cuyo Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El

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