Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2017 (26/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de noviembre de 2017 /

El Peruano

el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades señala: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el Artículo 9º, numeral 11) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los regidores y cualquier otro funcionario; por lo que la autorización deberá ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su Artículo 2º establece que "la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente en el interés nacional o en el interés específico de la institución. Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades señala: "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional". Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 24º, primer párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica: En caso de ausencia o vacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 021-2017 de fecha 13 de Noviembre de 2017, se pueso en consideración del Concejo Municipal el Informe Nº 528-2017-GDE/ MDP, de la Gerencia de Desarrollo Económico, quien informa que la Municipalidad Distrital de Pichanaqui viene ejecutando el proyecto "Recuperación de Ecosistemas Degradados en la Micro Cuenca Huachiriki y Kimiriki del distrito de Pichanaqui- Chanchamayo ­ Junín", y se tiene como meta realizar una pasantía internacional al país de Costa Rica, con los líderes beneficiarios de las microcuencas, por lo que solicita la autorización al pleno de concejo municipal para la participación en la Pasantía Internacional al país de Costa Rica los días 26 al 30 de noviembre del 2017, de tres regidores, y para su persona en calidad de Inspector del proyecto mencionado, siendo el objetivo de la Pasantía fortalecer las capacidades de los miembros que conforman el proyecto para la recuperación y conservación de ecosistemas y producción de plantones forestales, mediante interaprendizajes de experiencias vividas en la Pasantía Internacional, señala que todos los gastos serán cubiertos por el Proyecto, luego del debate y opiniones se somete a votación la participación en la Pasantía Internacional al país de Costa Rica los días 26 al 30 de Noviembre del 2017, de tres regidores de la Municipalidad distrital de Pichanaqui: Regidor Maximiliano

Crispín De La Cruz, Regidor Tito Silvano Capcha Meza, Regidor Carlos Alberto Hervacio Aliaga y del Ing. Jhony Rudecindo Apolinario Caso Gerente de Desarrollo Económico, siendo aprobado por unanimidad. Estando a lo expuesto, con el uso de las facultades conferidas por el Inciso 11) del Artículo 9º y Artículo 17º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal Distrital de Pichanaqui, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 021-2017 de fecha 13 de Noviembre 2017, aprobó por unanimidad; ACORDÓ: Primero.- AUTORIZAR el viaje al Extranjero a los Regidores de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui: Regidor Maximiliano Crispín De La Cruz, Regidor Tito Silvano Capcha Meza, Regidor Carlos Alberto Hervacio Aliaga y del Ing. Jhony Rudecindo Apolinario Caso, Gerente de Desarrollo Económico, para participar en la Pasantía Internacional para el cumplimiento de Meta del proyecto: "Recuperación de Ecosistemas Degradados en la Micro Cuenca Huachiriki y Kimiriki del distrito de Pichanaqui- Chanchamayo ­ Junín", al país de Costa Rica los días 26 al 30 de Noviembre del 2017, Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Economico y Secretaria General el fiel cumplimiento del presente Acuerdo. Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Alcalde 1590297-1

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia de la "Enmienda N° Diez al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 5270426)"
Entrada en vigencia de la "Enmienda N° Diez al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)" suscrita el 29 de setiembre de 2017 por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Director de la Misión de USAID/Perú, y ratificada mediante Decreto Supremo NQ 052-2017 de fecha 15 de noviembre de 2017. Entró en vigor el 29 de setiembre de 2017. 1590328-1

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