Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2017 (26/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Domingo 26 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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en el distrito de Magdalena del Mar, garantizando al administrado el desarrollo de un debido procedimiento administrativo, el respeto a su legítimo derecho a la defensa y la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones legales de competencia municipal; en tal sentido, norma los procedimientos de fiscalización, imposición de las sanciones administrativas impuestas de acuerdo al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas; así como la ejecución de las medidas provisionales y complementarias. Que, es necesario modificar el Cuadro Régimen de Infracciones y Sanciones con la finalidad que refleje la realidad del distrito y permita una mayor capacidad de control y fiscalización en el ámbito de uso de la vía pública que afecte la tranquilidad, ornato y seguridad de nuestros vecinos; Que, mediante Informe N° 326-2017-SGFS-GCSC/ MDMM, la Sub Gerencia de Fiscalización y Sanciones, propone la modificación del Cuadro Único de Infracción y Sanciones; Que mediante Informe N° 616-2017-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emita su opinión favorable respecto de la propuesta de modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones, emitida por la Sub Gerencia de Fiscalización y Sanciones; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales antes referidas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y la Sub Gerencia de Fiscalización y Sanciones; y en uso de sus facultades por el artículo 9° numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Articulo Primero.- MODIFICAR el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 030-15-MDMM y sus modificatorias, en los términos establecidos en Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo- DERÓGUESE todas las disposiciones en cuanto se opongan con lo regulado en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza conforme a sus atribuciones. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza y el anexo, en el portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1590431-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum Nº 1998-2017-GAF/ MDSJL del 31 de octubre de 2017, de la Gerencia de Administración y Finanzas, y el Informe Nº 696-2017-SGRH-GAF/MDSJL de fecha 24 de octubre de 2017, de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, sobre designación de Secretaria Técnica de las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 500-2015A/MDSJL de fecha 15 de mayo de 2015, se designó a la abogada Karina Isabel Wong Huamaní, como Secretaria Técnica para que actué como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones como Sub Gerente de Recursos Humanos de esta corporación edil, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014.PCM; Que, con Informe Nº 696-2017-SGRH-GAF/MDSJL de fecha 24 de octubre de 2017, la Sub Gerencia de Recursos Humanos justifica la necesidad de designar como secretaria técnica de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, a una nueva servidora que se encargue de cumplir con sus funciones propias, proponiendo para dicha función a la abogada Yessenia Segovia Moya, servidora de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, bajo el régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057; Estando a lo dispuesto en el artículo 20, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR como Secretaria Técnica de las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a la abogada Yessenia Segovia Moya, servidora de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, bajo el régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en adición a las funciones que viene ejerciendo en la Entidad. Artículo Segundo.- DISPONER a la Secretaria Técnica ejercer sus funciones y atribuciones en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y normas conexas. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 500-2015-A/MDSJL de fecha 15 de mayo de 2015. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Secretaría General la notificación de la presente resolución a la servidora designada y a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal institucional (www. munisjl.qob.pe), y a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1590353-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Designan Secretaria Técnica de las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1423-2017-A/MDSL San Juan de Lurigancho, 7 de noviembre de 2017

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