Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2017 (29/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 29 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Rectificar el error material del Anexo N° 02 ­ Valores Referenciales de las Bases del Proceso de Compra de Raciones y Productos, para la Provisión del Servicio Alimentario 2018, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el mismo que se adjunta a la presente Resolución. Artículo 2. Conocimiento de la Unidades Orgánicas del Programa Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria e Información, hacer de conocimiento la presente Resolución a las Unidades Territoriales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo, y Técnicas, respectivamente, a través de medios electrónicos. Artículo 3. Publicación en Diario Oficial El Peruano Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4. Vigencia La presente Resolución entre en vigencia con eficacia anticipada al 23 de noviembre de 2017. Artículo 5. Publicación en el Portal Institucional Disponer la publicación de la presente Resolución, con el respectivo Anexo N° 02­ Valores Referenciales de las Bases del Proceso de Compra de Raciones y Productos, para la Provisión del Servicio Alimentario 2018, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLA PATRICIA MILAGROS FAJARDO PÉREZ-VARGAS Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1591525-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1209-2017-IN Lima, 28 de noviembre de 2017 VISTOS; el Mensaje con Referencia MI-123U-B-2-1-4-2017-1544 (RM) INTERPOL, de fecha 16 de octubre de 2017, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma, la Hoja de Estudio y Opinión N° 454-A-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de noviembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001992-2017/ IN/OGAJ, de fecha 27 de noviembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 016-2017-JUS, de fecha 18 de enero de 2017, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Jeyson Waldo Cueva Ávalos, formulada por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra La Libertad Sexual­Actos contra el pudor en menores, en agravio de una menor de edad con identidad reservada y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana,

de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje con Referencia MI-123U-B-2-1-4-2017-1544 (RM) INTERPOL, de fecha 16 de octubre de 2017, la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Roma hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Lima, que se ha concedido la extradición activa del ciudadano peruano Jeyson Waldo Cueva Ávalos, motivo por el cual solicitan los nombres y planes de desplazamiento del personal policial que se va encargar de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado, desde la ciudad de Roma ­ República Italiana, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 454-A-2017DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de noviembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Felipe Guevara Elías y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Pedro Alberto Vidal Revelo, propuestos por la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Lima, del 29 de noviembre al 7 de diciembre de 2017, a la ciudad de Roma ­ República Italiana, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Pliego 007: Ministerio del Interior forma parte del Programa Presupuestal 0086 "Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal", el mismo que tiene a su cargo el Producto 3000660 "Detenciones por Mandato" y la Actividad 5004395 "Captura, Detención y Traslado de Personas Requisitoriadas", por lo cual la Oficina Centra Nacional INTERPOL ­ Lima de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al artículo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, tiene como función, entre otras, la de ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte; en ese sentido, corresponde asumir los gastos que genere el traslado de requisitoriados para el cumplimiento de los mandatos judiciales; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, del personal policial, así como el pasaje aéreo (retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, del extraditable, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de conformidad con la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003666; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución

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