Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 30 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.

de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación.

Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Regístrese, comuníquese y publíquese. Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO
VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA ADICIONAL DEL PASO A DESNIVEL PROLONGACIÓN AVENIDA GRAU - UPIS VILLA HERMOSA Y PASO A DESNIVEL COSCOMBA DE LA SEGUNDA CALZADA DE LA VÍA DE EVITAMIENTO PIURA DE LA AUTOPISTA DEL SOL No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE CÓDIGO: PAS-EV01-PTGRAU-005 VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 56,264.84

AREA AFECTADA: 1,352.52 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA Por el Norte: Propiedad del Estado 94.26 m. Por el Sur: Propiedad del Estado 95.17 m. 1 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONAL Por el Este: Propiedad del Estado 12.08 m, 1.35 m. ROSALIA PEÑA Por el Oeste: Propiedad del Estado 15.40 m. ROMAN VERTICES A B C D E LADO A-B B-C C-D D-E E-A DISTANCIA (m) 94.26 12.08 1.35 95.17 15.4 WGS84 ESTE (X) 533859.3015 533948.6639 533943.6697 533943.2538 533852.4419 NORTE (Y) 9428024.6562 9427994.6663 9427983.6717 9427982.3918 9428010.8649

PARTIDA REGISTRAL: N° 04016467 perteneciente a la Oficina Registral de Piura, Zona Registral N° I - Sede Piura. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 08 de junio de 2017, por la Oficina Registral de Piura, Zona Registral N° I - Sede Piura. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO ­ Expedido el 04 de octubre de 2017 por la Oficina Registral de Piura, Zona Registral N° I - Sede Piura.

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Aprueban el texto de modificación del Apéndice K "Requisitos para el empleo de Personal Técnico Aeronáutico" de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 135 "Requisitos de Operación: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regular y No Regulares"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 732-2017-MTC/12 Lima, 7 de noviembre del 2017 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar, modificar y dejar

sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú ­ RAP, conforme lo señala el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, por su parte, el artículo 7º del citado Reglamento señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral Nº 552-2017-MTC/12 del 07 de setiembre de 2017, se aprobó la difusión a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificación del Apéndice K "Requisitos para el empleo de Personal Técnico Aeronáutico" de la Regulación Aeronáutica del Perú ­ RAP 135 "Requisitos de Operación: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regular y No Regulares"; Que, habiendo transcurrido el plazo legal de difusión del proyecto mencionado sin recibirse recomendaciones ni sugerencias de los usuarios y administrados dentro del

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