Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2017 (02/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Lunes 2 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 1°.- MODIFICAR el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 037-2017-SERNANP-DGANP; precisándose que la Adjudicación la Buena Pro del Contrato de Administración Total del Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes es otorgada a favor del Consorcio Manglares del Noroeste del Perú, debido a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los demás extremos de la Resolución Directoral N° 037-2017-SERNANP-DGANP quedan subsistentes y mantienen plena vigencia. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional www.sernanp.gob.pe., en el Diario Oficial El Peruano y otro diario de circulación en la circunscripción donde se ubica el Área Natural Protegida. Artículo 4°.- Disponer que en caso no se interponga algún recurso de impugnación en el plazo establecido por Ley contra lo resuelto en el Artículo 1°, se procederá a la suscripción del Contrato de Administración respectivo. Artículo 5°.- Notificar la presente Resolución al Consorcio Manglares del Noroeste del Perú. Regístrese y comuníquese. MELINA TAMARA MAUTINO Directora (e) de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas 1571493-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 399-2017-MEM/DM Lima, 27 de setiembre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 0463-2017/MEM-DGER del 21 de setiembre de 2017; el Informe N° 052-2017MEM/DGER-JAL-ROJ del 21 de setiembre de 2017; el Memorándum N° 365-2017-MEM/DGER-JPEI de fecha 10 de agosto de 2017; el Memorándum N° 681-2017MEM/DGER-JEST y el Informe N° 362-2017-MEM/ DGER-JEST, ambos de fecha 04 de setiembre de 2017; CONSIDERANDO Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, el artículo 7 de la Ley Nº 28749 establece que los recursos para la electrificación rural constituyen bienes inembargables y son, entre otros, las transferencias del Tesoro Público que se fije anualmente; el 4% de las utilidades de las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras del sector eléctrico que se aplicará con cargo al Impuesto a la Renta; y, el aporte de los usuarios de electricidad de 2/1000 de 1 UIT por Megavatio hora facturado; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que los recursos que son empleados para la electrificación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente a través de transferencias de recursos mediante resolución del Titular del Pliego a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ­ ADINELSA, previa suscripción de convenios y de acuerdo a lo que señale el reglamento de la referida norma; Que, el Decreto Supremo N° 033-2015-EM establece los criterios y el procedimiento aplicable para financiar la ejecución de proyectos de Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para el reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora de la infraestructura eléctrica existente a través de las transferencias financieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a la empresa ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, el literal d) del artículo 3 y el artículo 4 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM señalan que las transferencias financieras a las que se refiere dicho Decreto Supremo están destinadas a financiar intervenciones que impliquen el mejoramiento del sistema eléctrico, sin ampliar la capacidad del mismo, para lo cual tales empresas deben presentar la solicitud respectiva a la Dirección General de Electrificación Rural adjuntando, entre otros, el Informe Técnico Económico de los equipos y materiales que requieran para mejorar la infraestructura eléctrica existente que permita la confiabilidad, seguridad y calidad del servicio eléctrico y el cronograma de ejecución respectivo; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del citado Decreto Supremo la Dirección General de Electrificación Rural emite opinión favorable acerca de

DEFENSA
Designan Director Sistema Administrativo II de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1387-2017 DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 488-2017-DE/ SG de fecha 25 de abril de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Defensa, documento de gestión institucional que contiene los cargos clasificados de este Ministerio (Unidad Ejecutora 001: Administración General), y que ha previsto el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, considerándolo como cargo de confianza; Que, actualmente se encuentra vacante el cargo antes mencionado, por lo que resulta necesario designar a la funcionaria que se desempeñará en el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; y en el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora abogada Gaby Evelyn De la Vega Sarmiento, en el cargo de Director Sistema Administrativo II de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1571577-1

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