Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de octubre de 2017 /

El Peruano

Comité Técnico que estaría a cargo de la evaluación del estudio técnico para el establecimiento del Bosque Local "Contamana Unida"; Que, los representantes del Comité Técnico señalado en el considerando precedente, emiten con fecha 26 de abril de 2017, la Opinión Técnica N° 006-2017-CT/ GRL-ARA-DEFFS/SERFOR-DGGSPFFS-DGSPF, en la cual concluyen que el referido estudio cumple con los requisitos señalados en los Lineamientos para el establecimiento de Bosques Locales y Condiciones para su Administración, que fueron aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 116-2016-SERFOR-DE; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto, emite el Informe Técnico Legal N° 033-2017-GRL-GGR-ARA-DEFFS-DER/OAJ, y el Informe Técnico Legal N° 045-2017- GRL-GGR-ARA-DEFFSDER/OAJ, mediante los cuales se realiza la evaluación legal de la propuesta de establecimiento de Bosque Local "Contamana Unida", recomendándose en este último, solicitar al SERFOR, efectuar el establecimiento respectivo; Que, mediante Oficio N° 347-2017-GRL-GGR-ARADEFFS-DER, del 17 de julio de 2017, el Director Ejecutivo Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto, remite al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, el Expediente Técnico del Bosque Local "Contamana Unida", solicitando en ese sentido, el establecimiento del mismo; Que, mediante Informe N° 295-2017-SERFOR/ DGIOFFS-DCZO, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre concluye, entre otros, que el área propuesta para el establecimiento del Bosque Local "Contamana Unida" se ubica totalmente en el Bosque de Producción Permanente Biavo Cordillera Azul, creado mediante Decreto Supremo N° 050-2000-AG, y redimensionado mediante Resolución Jefatural N° 290-2008-INRENA; en donde, de acuerdo a ley, es factible el establecimiento de bosques locales; Que, finalmente, en base a los actuados contenidos en el expediente técnico, la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, mediante Informe Legal N° 171-2017-SERFOR-OGAJ, concluye que que es viable el establecimiento del Bosque Local "Contamana Unida", recomendando igualmente, establecer algunas precisiones con respecto a: i) la cantidad de beneficiarios que fueron acreditados en la evaluación realizada por el Comité Técnico; ii) la inclusión como una condición adicional para la gestión del Bosque Local "Contamana Unida" de las recomendaciones emitidas por la Jefatura del Parque Nacional Cordillera Azul en la Opinión Técnica de Compatibilidad contenida en el Informe Técnico N° 148-2016-SERNANP-JPNCAZ/RPAA/GAN, toda vez que el área que comprendería el bosque local se encuentra dentro de la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Cordillera Azul; y iii) el traslado del propio Informe Legal al Gobierno Regional de Loreto y a la Municipalidad Provincial de Ucayali, a efectos de que se cumpla con el mecanismo de distribución consignado en el expediente técnico, según el rubro "Descripción de la forma de distribución de los recursos a aprovecharse para los beneficiarios"; Que, por otro lado el artículo 108 del precitado reglamento, prevé que la resolución de establecimiento del bosque local debe precisar las condiciones y obligaciones del gobierno local para su administración y gestión, el cual se constituye como responsable de dichas actividades; asimismo, que los beneficiarios seleccionados acceden al aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre mediante autorizaciones otorgadas por el administrador del bosque local, en base al plan de manejo. Estas autorizaciones no son consideradas títulos habilitantes; Que, en base a las consideraciones anteriormente señaladas, resulta procedente establecer el Bosque Local "Contamana Unida", aprobando igualmente, las condiciones y obligaciones que debe cumplir la Municipalidad Provincial de Ucayali para su gestión y administración;

Con el visado de la Directora de Catastro Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; de la Directora General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; y, De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; y los Lineamientos para el establecimiento de bosques locales y condiciones para su administración, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 116-2016-SERFOR-DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer el Bosque Local "Contamana Unida" en una superficie de 10 006.98 ha, ubicadas en el distrito de Contamana, provincia de Ucayali, departamento de Loreto; de acuerdo al mapa y memoria descriptiva que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Autorícese a la Municipalidad Provincial de Ucayali a gestionar y administrar el Bosque Local "Contamana Unida", de acuerdo a las condiciones y obligaciones previstas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- La autorización prevista en el artículo 2 de la presente resolución, permite el acceso legal y ordenado a los recursos forestales existentes en el Bosque Local "Contamana Unida", de cuarenta (40) beneficiarios acreditados, según la Opinión Técnica N° 006-2017-CT/GRL-ARA-DEFFS/SERFOR-DGGSPFFSDGSPF, formulada por los representantes del Comité Técnico encargado de la evaluación del Estudio Técnico respectivo. Artículo 4.- La Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre debe considerar para la aprobación de los planes de manejo forestal del Bosque Local "Contamana Unida", las condiciones previstas en la Opinión Técnica de Compatibilidad contenida en el Informe Técnico N° 148-2016-SERNANP-JPNCAZ/RPAA/GAN, de la Jefatura del Parque Nacional Cordillera Azul. Artículo 5.- Notificar el Informe Legal N° 171-2017-SERFOR-OGAJ, a la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto, así como a la Municipalidad Provincial de Ucayali, a efectos de que puedan considerar las precisiones y recomendaciones vertidas en dicho documento, para la administración del Bosque Local "Contamana Unida". Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Diario Oficial El Peruano; así como, en el portal electrónico institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www. serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1572177-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Alemania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 368-2017-MINCETUR Lima, 2 de octubre de 2017

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