Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de octubre de 2017 /

El Peruano

setiembre de 2017, la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú hace de conocimiento de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, que el Coronel de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Paredes Ulloa, el Comandante de la Policía Nacional del Perú Miguel Ángel Ramirez Vásquez y el Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Matías Edilberto Pacsi Espinoza asistirán a la citada reunión en representación de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, la misma que ha sido reprogramada del 5 al 7 de octubre de 2017; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 354-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 22 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Paredes Ulloa, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Miguel Ángel Ramirez Vásquez y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Matías Edilberto Pacsi Espinoza, propuestos por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que participen en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Departamento de Santa Cruz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, del 4 al 8 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo realizar una evaluación del área de interdicción en el marco de la V Reunión de la Comisión Mixta Antidrogas, descrita en el Eje II: Seguridad y Defensa, Mesa 1: Cooperación en la Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Lavado de Activos/Legitimación de Ganancias Ilícitas, el mismo que fue acordado en el Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Perú ­ Bolivia; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5845-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 22 de setiembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto

Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Paredes Ulloa, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Miguel Ángel Ramirez Vásquez y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Matías Edilberto Pacsi Espinoza, del 4 al 8 de octubre de 2017, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Departamento de Santa Cruz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 656.00 370.00 Días X X 3 X X Personas Total US$ 3 = 1,968.00 3 = 3,330.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1572323-1

RELACIONES EXTERIORES
Declaran de interés nacional el Encuentro Presidencial y XI Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2017-RE Lima, 3 de octubre de 2017

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