Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 4 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 450-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas agroexportadoras, la participación en la Feria Internacional "ANUGA 2017", a realizarse del 07 al 11 de octubre de 2017, en la ciudad de Colonia, República Federal de Alemania, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de alimentos y bebidas; asimismo, el día 06 de octubre de 2017, se sostendrá reuniones de coordinación con el Consejero Económico Comercial de la OCEX Hamburgo, referidas a la participación peruana y actividades feriales; Que, es de interés la participación de PROMPERÚ en la referida feria por ser una de las principales ferias internacionales especializadas en alimentos y bebidas, constituyendo una plataforma ideal para negocios globales, lo que permitirá a la oferta peruana de alimentos posicionarse en el mercado europeo, tomando en cuenta las ventajas que ofrece para nuestros productos el Tratado de Libre Comercio suscrito con la Unión Europea; asimismo, se llevará a cabo el quinto lanzamiento de la marca "Superfoods Perú", con la finalidad de resaltar el valor y cualidades relacionadas con la salud, funcionalidad y valor nutricional de los alimentos peruanos; Que, por tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señorita Fabiana Placyda Tenorio Pariona, Especialista en Productos de Agronegocios, del Departamento de Agronegocios, de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, y del señor José Agustín Quiñones Baltodano, Subdirector de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de la Entidad, realicen acciones de promoción de las exportaciones en la feria antes señalada; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Colonia, República Federal de Alemania, de la señorita Fabiana Placyda Tenorio Pariona, del 04 al 13 de octubre de 2017, y del señor José Agustín Quiñones Baltodano, del 05 al 11 de octubre de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleven a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo de la feria mencionada en la

parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Total Conti- Viáticos Nº Clase Viáticos nente día US $ días Económica US$ US $ 1 905,93 Europa 2 095,26 540,00 5 2 700,00 540,00 7 3 780,00

Nombres y apellidos Fabiana Placyda Tenorio Pariona José Agustín Quiñones Baltodano

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1572045-1

DEFENSA
Aprueban el Reglamento de la Ley N° 30415, Ley que establece la Condición Militar de los Oficiales de Reserva de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO N° 009-2017-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 168° establece que las Leyes y los Reglamentos respectivos, norman y determinan la organización, funciones, especialidades, preparación, empleo y disciplina de las Fuerzas Armadas; Que, mediante la Ley Nº 30415, Ley que establece la condición militar de los oficiales de reserva de las Fuerzas Armadas, señala los criterios rectores de clasificación, categoría, grado y asignación de cargos; Que, la citada Ley es de aplicación para todas aquellas personas egresadas del Curso de Formación de Oficiales de Reserva que implementen las instituciones de las Fuerzas Armadas, quienes ostentarán la condición de Oficiales de Reserva y conformarán parte de la Reserva Orgánica; Que, la Reserva es el recurso humano que no se encuentra en el servicio activo y que las instituciones de las Fuerzas Armadas requieren para completar, mantener e incrementar su organización, en caso de movilización nacional; Que, de acuerdo al artículo 68 de la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar, la Reserva se clasifica en: "a. Reserva Orgánica.- Es la que requiere cada Institución de las Fuerzas Armadas para completar, mantener o incrementar su organización. Se considera en esta situación a todo el personal militar en situación

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