Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2017 (05/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 5 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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PODER JUDICIAL

Justicia de Lima, Gerencia General del Poder Judicial; y a la Jueza recurrente, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1572705-1

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de profesional al cargo de Jueza titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 124-2017-P-CE-PJ Lima, 26 de setiembre de 2017 VISTO: El Oficio N° 718-2017-P-CSJLI/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el referido documento se remite la solicitud presentada el 22 de setiembre de 2017, por la señora abogada Rosario Victoriana Donayre Mavila, Jueza titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien formula renuncia a partir de dicha fecha, al mencionado cargo; solicitando que se le exonere del plazo legal. Segundo. Que el 8 de diciembre de 1988 por Resolución Suprema N° 271-88-JUS se nombró a la señora abogada Rosario Victoriana Donayre Mavila en el cargo de Jueza titular Especializada de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Posteriormente, en el Proceso de Reincorporación de Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público, en cumplimiento de la Ley N° 27433, mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 219-2001-CNM, del 19 de setiembre de 2001, fue reincorporada como Jueza titular Especializada de Familia del Distrito Judicial de Lima; y, luego, ratificada en el mismo cargo, el 2 de agosto de 2010, por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 266-2010PCNM Tercero. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Cuarto. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Jueza de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la señora abogada Rosario Victoriana Donayre Mavila, al cargo de Jueza titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, con efectividad a partir del 22 de setiembre de 2017; sin perjuicio de lo expuesto en el cuarto considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento institucional a la mencionada Jueza Especializada titular, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de

Prorrogan el funcionamiento de la Primera y Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Primera y Segunda Sala Penal Transitoria; y la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 287-2017-CE-PJ Lima, 27 de setiembre de 2017 VISTOS: Los Oficios Nros. 042-2017-P-1SDCST-CS/PJRVC y 146-2017-LM-P3°SDCST-CS-PJ, cursados por los Presidentes de la Primera y Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria; Oficios Nros. 380-2017-P-1°SPT-CS y 143-2017-R-SSPT-CSJ, remitidos por los Presidentes de la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria; y, Oficio N° 127-17-SCT-CS-PJ, del Presidente de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que, este órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 080-2017-P-CE-PJ, prorrogó por el periodo de tres meses, a partir del 1 de julio de 2017, el funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria, Primera Sala Penal Transitoria, Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria; y la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a fin de continuar con la descarga procesal. Segundo. Que, los Presidentes de las referidas Salas Supremas han solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales, por el término de ley. Tercero. Que, al respecto, de los informes estadísticos remitidos se evidencia que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 730-2017 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 1 de octubre de 2017, el funcionamiento de la Primera y Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Primera y Segunda Sala Penal Transitoria; y la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias del Supremo Tribunal, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos

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