Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2017 (11/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de octubre de 2017 /

El Peruano

Que, en mérito a lo expuesto, mediante Memorando Nº 235-2017-MPC-GGDELC la Gerencia General de Desarrollo Económico y Local presenta un proyecto de ordenanza para establecer el marco normativo general y adecuación a la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicas y Privadas y Proyectos en Activos en la Provincia Constitucional del Callao; propuesta que cuenta con opinión favorable de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación según lo expresado en el Memorando Nº 823-2017-MPC-GGAJC; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO EN MATERIA DE ACTIVOS, PROYECTOS, SERVICIOS, OBRAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, ADECUÁNDOSE A LO DISPUESTO EN LOS DECRETOS LEGISLATIVOS NÚMS. 1224 Y 1251 Artículo 1.- Declárase de interés provincial la promoción de la inversión privada en la Provincia Constitucional del Callao en materia de activos, proyectos, servicios, obras para la implementación y operación de infraestructura pública, y la prestación de servicios públicos. Artículo 2.- La presente Ordenanza Municipal tiene como base legal el Decreto Legislativo Nº 1224 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, modificado por Decreto Legislativo Nº 1251, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. Artículo 3.- Establézcase que el órgano máximo del Organismo Promotor de la Inversión Privada es el Concejo Municipal Provincial, el cual ejerce las funciones del Consejo Directivo de PROINVERSION. Artículo 4.- Dispóngase la creación del Comité de Inversiones de la Municipalidad Provincial del Callao, como órgano técnico especializado de promoción de la inversión privada en la Provincia Constitucional del Callao, que queda designado para desempeñarse como: a) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, de acuerdo a las funciones establecidas en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, su norma reglamentaria y su norma modificatoria. b) Órgano de Coordinación con PROINVERSION en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último, de acuerdo a las funciones establecidas en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, su norma reglamentaria y su norma modificatoria. Artículo 5.- El Comité de Inversiones se encuentra facultado para llevar a cabo el proceso de promoción de la inversión privada, que comprende la identificación de oportunidades de inversión e inversionistas, la evaluación de las iniciativas privadas y llevar a cabo uno o más procedimientos administrativos dirigidos a la implementación de las modalidades de participación de la inversión privada, conforme lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1224, su norma reglamentaria, su norma modificatoria y demás normativa sobre la materia. Los miembros que conforman el Comité de Inversiones actuarán colegiadamente; sus funciones y facultades se encuentran reguladas por el Decreto Legislativo Nº 1224, su norma reglamentaria y su norma modificatoria. Asimismo, el Comité de Inversiones cuenta entre sus funciones las vinculadas a la fase de ejecución contractual establecidas en el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1224 y su modificatoria contenida en el Decreto Legislativo N° 1251. Artículo 6.- Encárgase al Alcalde la designación de los miembros del Comité de Inversiones, definiendo sus facultades, obligaciones y responsabilidades de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 1224, su norma reglamentaria y su norma modificatoria; autorizándosele a delegarles las funciones que correspondan para

regular, agilizar y optimizar los procesos de promoción de la inversión privada, con excepción de las funciones señaladas en el artículo 37 de la Ley, reservadas al Concejo Municipal Provincial. La Entidad podrá contratar a expertos independientes en materia de asociaciones público privadas a efectos que conformen el Comité de Inversiones. Artículo 7.- Por Acuerdo de Concejo se formalizará la creación de los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) que se requieran y se designará a sus miembros, a propuesta del Comité de Inversiones. Los Comités Especiales actúan en forma colegiada y cumplen con las funciones establecidas en la normativa sobre la materia. Artículo 8.- Constitúyase el Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Provincial del Callao - FOMPRI CALLAO. Los recursos del FOMPRI CALLAO serán destinados a financiar todos aquellos gastos o costos imputables, directa o indirectamente necesarios para el cumplimiento del proceso de promoción de la inversión privada a cargo del Comité de Inversiones. La Administración Municipal Provincial financia los gastos en que incurra el Comité de Inversiones y cada Comité Especial, por la ejecución de los procesos de promoción de la inversión privada; los recursos empleados deberán ser reembolsados con los recursos propios que genere el FOMPRI CALLAO. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Derógase la Ordenanza Municipal 0102012; asimismo, derógase y déjase sin efecto aquellas disposiciones que se opongan a la presente norma. Segunda.- Desactívase la Agencia de Fomento de Inversión Privada, debiendo la Gerencia de Racionalización dependiente de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización tomar las previsiones que correspondan según sea el caso, a fin de modificar el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF. Tercera.- Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las disposiciones complementarias y reglamentarias que se requieran para la ejecución, aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encárgase a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de la presente Ordenanza y sus alcances y a la Gerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad: http: www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1574224-1

Derogan la Ordenanza Municipal N° 000012 y restablecen los beneficios de pago previstos en los artículos 19° y 33° de la Ordenanza Municipal N° 000010
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2017 Callao, 21 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 069-2017-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración en Sesión

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