Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2017 (11/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 11 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza que aprueba la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional Piura
ORDENANZA REGIONAL Nº 402 -2017/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053 y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el artículo 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que son de competencia exclusiva de los Gobierno Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27658 ­ Ley Marco de Modernización del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante DIRECTIVA Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH: "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puesto de la Entidad", señala en su numeral 4.1 del Anexo 04 lo siguiente: "La aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno, está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita SERVIR"; Que, mediante Informe Técnico Nº 249-2017-SERVIR/ GDSRH, de fecha 20 de setiembre de 2017, emitido por el Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, opinando favorablemente en relación con los Cuadros para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Salud Piura ­ DIRESA y sus Unidades Ejecutoras, indicando en el numeral IV) Conclusiones, inciso 4.6 lo siguiente: "En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta del CAP Provisional planteada por la Dirección de Red de Salud Piura, Dirección Subregional de Salud Piura Sechura, Red de Salud Luciano Castillo Colonna, Hospital de Apoyo II Sullana, Red de Salud Morropón ­ Chulucanas, Hospital de Apoyo I Chulucanas, Hospital Apoyo I NTRA SRA. de las Mercedes de Paita y el Hospital de Apoyo I Santa Rosa, por lo que se otorga la opinión favorable a las 08 propuestas(...)"; Que, mediante Informe Nº 066-2017/GRP-410300, de fecha 29 de setiembre de 2017, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional recomienda continuar con el trámite correspondiente, toda vez que se encuentra conforme a la normatividad legal vigente;

Que, mediante Informe Nº 2046-2017/GRP-460000, de fecha 04 de octubre de 2017, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal recomendando que se debe continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta del CAP Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud Piura, debiendo alcanzarse al Consejo Regional para su trámite de aprobación mediante Ordenanza Regional, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Dictamen Nº 017-2017/GRPCR-CPPyAT, de fecha 04 de octubre de 2017, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial recomendó aprobar la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud del Pliego 457 Gobierno Regional Piura para el proceso de nombramiento correspondiente al año 2017, consistente en siete mil novecientos ochenta y tres (7983) Cargos Necesarios, que comprende cinco mil seiscientos noventa y cuatro (5694) Cargos Ocupados, y dos mil doscientos ochenta y nueve (2289) Cargos Previstos, el mismo que se encuentra con la opinión favorable del órgano rector SERVIR mediante Informe Técnico Nº 249-2017-SERVIR/GDSRH; Que, estando a lo acordado y aprobado por Unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 17-2017, de fecha 05 de octubre de 2017, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- APROBAR la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de las Unidades Ejecutoras de Salud del Pliego 457 Gobierno Regional Piura conforme al texto contenido en el Cuadro Resumen de Total Cargos para el proceso de nombramientos correspondiente al Año 2017, consistente en siete mil novecientos ochenta y tres (7983) Cargos Necesarios, que comprende cinco mil seiscientos noventa y cuatro (5694) Cargos Ocupados y dos mil doscientos ochenta y nueve (2289) Cargos Previstos, que en resumen detallamos a continuación:
UNIDAD EJECUTORA Sede Administrativo U.E. 400 Dirección Subregional de Salud Piura- Sechura Dirección Subregional de SaU.E. 401 lud Luciano Castillo Colonna - Sullana U.E. 402 Hospital II-2 Sullana Dirección Subregional de SaU.E. 403 lud Morropón ­Huancabamba U.E. 404 Hospital II-1 Chulucanas Hospital II-1 Las Mercedes U.E. 405 Paita U.E. 406 Hospital II-2 Santa Rosa TOTAL CAP PROPUESTO TOTAL OCUPRENECESARIO PADOS VISTOS 156 122 34 1865 1995 788 1509 418 558 694 7983 1662 1554 542 1129 206 193 286 5694 203 441 246 380 212 365 408 2289

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la Ordenanza Regional aprobada. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza.

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