Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2017 (11/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 11 de octubre de 2017
ITEM 8 9 10 ACTIVIDAD Desarrollo de talleres de trabajo 1er Taller: Taller de Capacitación de Agentes Participantes. 2do Taller: Taller de Identificación y Priorización de Resultados y Propuesta de Ideas de Proyectos.

NORMAS LEGALES
FECHAS DE EJECUCIÓN Del 29 al 30 de mayo 29 de mayo 30 de mayo

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Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y/o en el Diario de mayor circulación de la Región, disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 10 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. LIZ YAQUELINE CAMPOS FEIJÓO Consejera Regional POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 16 de mayo de 2017. TERESA BEATRIZ QUINTANA DELGADO Gobernadora Regional (e) 1574276-1

Ratifican el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017"
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2017-GOB. REG. TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modificatorias, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley 27680; Ley de Bases de la Descentralización - Ley 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; De conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8º, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia; en su Art. 17º se ha establecido que los gobiernos regionales y locales, están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, el debate y la concertación de los planes de desarrollo y presupuesto, así como en la gestión pública; De conformidad con el artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los

gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y; en el artículo 15º, inciso a) señala que son atribuciones del Consejo Regional "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional"; De conformidad con la citada Ley Orgánica en su Art. 45º, modificado por el Art. 4º de la Ley Nº 27902, numeral 2. del literal b), establece que los Gobiernos Regionales ejercen la función de Planeamiento, diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización y a la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, citada Ley Orgánica en el Art. 61º, apartados a) y b) ha estipulado: "Las funciones en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil (...)"; De conformidad con la Ley Nº 27933, en su Reglamento actualizado en su Art. 13º establece: "Los comités regionales, provinciales y distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional, diseñado por el CONASEC; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0112014-IN que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en el Art. 9º prescribe que: "El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento (...)". Así mismo, el Art. 17º inciso a), de este mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): "Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana"; Que, el mismo Texto Legal, en su artículo 19º inciso e), norma que es una de las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana "Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional", concordante con lo prescrito en el tercer párrafo del artículo 47º de esta norma; Que, mediante la Resolución Regional Nº 001-2017/ CONASEC-CORESEC-TUMBES-P, de fecha 05 de mayo de 2017, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) aprobó el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Tumbes 2016, que consta de 0146 folios. Que, mediante el Oficio Nº 007-2017/GOB.REG. TUMBES-CORESEC-ST, de fecha 29 de mayo de 2017, el Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional; Tc. Luis Adolfo Guerrero Navarro, Alcanza a la Consejera delegada subsanación y modificación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana el cual mediante proveído de fecha 30 de mayo de 2017 fue remitido a la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 046-2017/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 09 de junio de 2017, se aprobó el Dictamen Nº 001-2017 de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente sobre Ratificar el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017"; De conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37º inciso a) de la Ley Nº 27867; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- Ratificar el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017", conforme al artículo 19º inciso e), del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN,

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