Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 13 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Artículo 3.- Disponer que los profesionales citados en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultados del evento. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1575804-1

Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de SW ENERGÍAS LIMPIAS DEL SUR S.A., para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Majes II, para una capacidad instalada estimada de 80 MW, los cuales se realizarán en el distrito de Majes, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la presente concesión temporal, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18L: VÉRTICE A B C D E F G H ESTE 795 367,4959 796 867,8008 795 718,0281 793 839,9161 794 519,9395 794 576,6934 795 088,9509 795 294,6964 NORTE 8 180 847,5864 8 180 207,6889 8 178 287,7839 8 179 105,5709 8 179 998,2100 8 180 011,1313 8 180 867,7548 8 180 757,1389

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión temporal a favor de SW Energías Limpias del Sur S.A., para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Majes II, en el distrito de Majes, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 415-2017-MEM/DM Lima, 5 de octubre de 2017 VISTOS: El Expediente N° 26381717 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Majes II, presentada por SW ENERGÍAS LIMPIAS DEL SUR S.A.; el Informe N° 514-2017-MEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas y el Informe N° 290-2017MEM/OGJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 2734219 de fecha 21 de agosto de 2017, SW ENERGÍAS LIMPIAS DEL SUR S.A. presenta la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Majes II para una capacidad instalada estimada de 80 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito de Majes, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo al Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad luego de verificar que la empresa solicitante cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 00993-EM, concluye que corresponde otorgar la concesión temporal de la Central Solar Majes II; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad, y el visto del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Energía;

Artículo 3.- Disponer que SW ENERGÍAS LIMPIAS DEL SUR S.A. realice los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, Resolución Directoral N° 046-2010-EM/DGE y demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- Advertir a SW ENERGÍAS LIMPIAS DEL SUR S.A. que si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad; ésta ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano por cuenta del interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1574476-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú al Reino de los Países Bajos, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1010-2017-IN Lima, 11 de octubre de 2017 VISTOS; el Mensaje de fecha 10 de julio de 2017, de la Embajada del Reino de Los Países Bajos en Lima, la Hoja de Estudio y Opinión N° 367-2017-DIRGEN PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 21 de setiembre de 2017,

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