Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 13 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017 de la Ley N° 30518 -- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 010: Ministerio de Educación; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de la Organización Iberoamericana de la Juventud -OIJ; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 010: Ministerio de Educación, respecto al siguiente organismo internacional:
PLIEGO PRESUPUESTARIO 010: MINISTERIO DE EDUCACIÓN MONTO (soles) S/. 146 475.00 PERSONA JURÍDICA ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE LA JUVENTUD - OIJ

texto íntegro del Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1575803-2

Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 236-2017-RE Lima, 12 de octubre de 2017 VISTA: La propuesta de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares para formalizar el nombramiento de un Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica , con jurisdicción en las provincias de Eastern Cape, Northern Cape y Western Cape; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 196-2004RE, de 21 de junio de 2004, se dieron por terminadas las funciones del señor Juan Luis Cabral Tambusso como Cónsul en la ciudad de Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica , con jurisdicción en las provincias de Eastern Cape, Northern Cape y Western Cape; Que, a través de la Nota N°16/1/1/2 PER-Cpt, el Departamento de Relaciones Internacionales y Cooperación del Ministerio de Relaciones Exteriores sudafricano manifestó la conformidad de su Gobierno al nombramiento del señor Mark Nowitz como Cónsul Honorario del Perú en Ciudad del Cabo; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en la República de Sudáfrica; De conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; y en el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, de 05 de octubre de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al señor Mark Nowitz al cargo de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica , con jurisdicción en las provincias de Eastern Cape, Northern Cape y Western Cape. Artículo 2.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1575803-6

Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1575803-1

Ratifican el "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Belarús sobre la Cooperación Técnico-Militar"
DECRETO SUPREMO Nº 048-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Belarús sobre la Cooperación Técnico-Militar" suscrito el 20 de octubre de 2011, en la ciudad de Minsk, República de Belarús, fue aprobado por Resolución Legislativa N° 30666, del 29 de setiembre de 2017; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Belarús sobre la Cooperación TécnicoMilitar", suscrito el 20 de octubre de 2011, en la ciudad de Minsk, República de Belarús, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30666, del 29 de setiembre de 2017. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el

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