Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de octubre de 2017 /

El Peruano

financieras, según se detalla en el Informe Nº 3972017-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, respecto a once (11) convenios por un importe total de S/ 4 053 164, 67 (Cuatro Millones Cincuenta y Tres Mil Ciento Sesenta y Cuatro con 67/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública en los departamentos de Ancash (02), Huancavelica (04), La Libertad (01), Lima (01) y Loreto (03), de la Acción de Contingencia EspecialNorma Expresa (COENE) AC-88 ­ Segundo Grupo, en el marco del Decreto Supremo N° 235-2017-EF; Que, a través de documentos de vistos, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, señala que se cuenta con la Certificación del Crédito Presupuestario N° 0803-2017, por el importe de S/ 49 104 077,63 (Cuarenta y Nueve Millones Ciento Cuatro Mil Setenta y Siete con 63/100 Soles), a fin de financiar los once (11) convenios de la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) AC-88 ­ Segundo Grupo, en el marco del Decreto Supremo N° 235-2017EF; Que, mediante Informe N° 533-2017-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, asimismo, mediante Oficio N° 454-2017MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 906-2017-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico N° 242-2017-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1202-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de once (11) convenios de la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) AC-88 - Segundo Grupo, en el marco del Decreto Supremo N° 235-2017-EF, por el importe total de S/ 4 053 164,67 (Cuatro Millones Cincuenta y Tres Mil Ciento Sesenta y Cuatro con 67/100 Soles), cuyo Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe

de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1575604-1

Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor de la Universidad Nacional del Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2017-TR Lima, 11 de octubre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 736-2017-MTPE/3/24.3 de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; el Informe N° 365-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 151-2017-MTPE/3/24.3/CE/ UGE de la Unidad Gerencial de Emprendimiento; el Memorando N° 287-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGE de la Unidad Gerencial de Emprendimiento; el Oficio N° 4552017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 1217-2017-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011TR, modificado por los Decretos Supremos N°s. 0042012-TR, 013-2012-TR, 003-2015-TR y 008-2016-TR, se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú", con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-TR, se modifica la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" por la de Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", en adelante, el Programa, y señala que toda referencia en políticas, normativas, documentos de gestión, comunicaciones, proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo realizada al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza la realización de manera excepcional, de transferencias financieras con entidades públicas, entre otros, para los procesos de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", aprobado por Resolución Ministerial N° 202-2012-TR, establece que el objetivo del Programa es desarrollar acciones para promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, en el marco del Plan Operativo Institucional-POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con fecha 08 de setiembre de 2017, el Programa suscribe el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 0042017 con la Universidad Nacional del Callao, con el objeto de ejecutar el proyecto "Promoción y Fortalecimiento de Emprendimientos en el distrito de San Juan de Lurigancho", para brindar el Servicio de Capacitación para el Autoempleo, cuyo financiamiento asciende a S/ 100 000,00 (Cien Mil con 00/100 Soles);

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