Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 13 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Croacia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1011-2017-IN Lima, 11 de octubre de 2017 VISTOS; el Circular con Referencia 2017/326/ OSA/FPDM/ARMS/IBIN/JH/MJC, de fecha 10 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión N° 324-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 8 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001551-2017/ IN/OGAJ, de fecha 9 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Circular con Referencia 2017/326/ OSA/FPDM/ARMS/IBIN/JH/MJC, de fecha 10 de abril de 2017, la Dirección Ejecutiva de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL hace extensiva una invitación de INTERPOL y de la empresa Ultra Electronics Forensic Technology Inc. a la Jefatura de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Perú, a fin que la República del Perú participe en el Simposio de INTERPOL de Balística Forense de 2017, IFFS 2017, a realizarse del 17 al 19 de octubre de 2017, en la ciudad de Dubrovnik ­ República de Croacia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 324-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 8 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Juan José Rodríguez Villamonte y del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Rikell Vargas Meléndez, propuestos por la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, para que participen en el simposio antes indicado, a realizarse en la ciudad de Dubrovnik ­ República de Croacia, del 14 al 21 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho simposio tiene como objetivo intercambiar conocimientos entre los participantes, respecto de las operaciones de inteligencia utilizadas por las fuerzas del orden en la lucha contra los delitos cometidos con armas de fuego; asimismo, se expondrá la aplicación de las buenas prácticas en la extracción y la interpretación de pruebas, la legislación penal aplicable en distintas jurisdicciones y sus efectos en la investigación de los citados delitos; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el simposio indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5356-2017-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 29 de agosto de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Juan José Rodríguez Villamonte y del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Rikell Vargas Meléndez, del 14 al 21 de octubre de 2017, a la ciudad de Dubrovnik ­ República de Croacia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 1,938.00 540.00 Días X X 3 X X Personas 2 = 2 = Total US$ 3,876.00 3,240.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados.

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