Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de octubre de 2017 /

El Peruano

Que, el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2015-2021 aprobado por Decreto Supremo N° 008-2015-MINAGRI, contiene las estrategias y líneas de acción que guiarán la intervención del Estado con el propósito de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población peruana hacia el año 2021, estando comprendidas como actividades estratégicas promover, incentivar y fomentar el consumo de productos hidrobiológicos a través del Programa "A Comer Pescado" mediante la implementación de campañas de promoción en canales modernos y tradicionales y talleres de educación alimentaria y nutricional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 361-2013-PRODUCE se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional "A Comer Pescado", documento de gestión institucional de carácter técnico normativo que tiene por objeto presentar: i) La descripción del Programa y la identificación de los principales actores para su funcionamiento, ii) la estructura orgánica y funciones de las unidades, iii) la identificación de los principales actores involucrados, iv) los principales procesos y procedimientos del Programa; y, v) el personal y la descripción de sus funciones y requisitos del cargo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 172-2016-PRODUCE, se aprueba el Plan de Implementación del Programa Nacional "A Comer Pescado", que dispone que la implementación del Programa se viene realizando a partir de la ejecución simultánea de tres grandes etapas, ETAPA I: Posicionamiento de productos hidrobiológicos, ETAPA II: Desarrollo de la articulación con actores estratégicos y ETAPA III: Consolidación de la pesca artesanal y fortalecimiento de la cadena de distribución; Que, el Programa Nacional "A Comer Pescado" ha intervenido, en el marco de sus estrategias, en las siguientes regiones Apurímac, Ayacucho, Arequipa, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima, Puno, Ica, Ancash, San Martín y Piura, siendo necesario ampliar el ámbito de intervención a otras zonas definidas en función a los criterios establecidos en el Plan de Implementación del citado Programa, en concordancia con lo dispuesto en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021 así como en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2015 -2021; Que, de la evaluación efectuada por el programa, considerando los datos de la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) 2013-2016, se evidencia que el consumo per cápita de productos hidrobiológicos a nivel nacional se ha incrementado a 14.6 kg en el año 2013, 15.4 kg en el año 2014, 16.2 kg en el año 2015, a 16.5 kg en el año 2016, manteniendo un crecimiento sostenido; asimismo, se ha identificado que la población de las zonas de la sierra del país son las que consumen la menor cantidad de productos hidrobiológicos en sus diferentes presentaciones, teniendo las zonas de la costa peruana un nivel medio de consumo y las zonas de la selva un nivel de consumo más elevado; Que, en ese sentido, a efectos que el Programa Nacional "A Comer Pescado" continúe contribuyendo al desarrollo de hábitos de consumo de productos hidrobiológicos, fomente la mejora económica de las actividades de la pesca artesanal y la acuicultura, así como la apertura de líneas de negocio en el sector pesquero con orientación al consumo humano directo teniendo además como consecuencia conexa la mejora en la seguridad y calidad alimentaria de la población, es necesario modificar el Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE para ampliar la vigencia del citado Programa; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Modificación del Decreto Supremo N° 007-2012-PRODUCE Modificar el artículo 12 del Decreto Supremo N° 007-2012-PRODUCE que crea el Programa Nacional

"A Comer Pescado", quedando redactado con el texto siguiente: (...) Artículo 12.- Vigencia del Programa "El Programa Nacional "A Comer Pescado" se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre del año 2022." Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Facultad de dictar normas complementarias El Ministerio de la Producción se encuentra facultado para dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias para continuar con la ejecución y evaluación del Programa Nacional "A Comer Pescado" con la finalidad de optimizar sus intervenciones para hacerlas sostenibles. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO OLAECHEA ÁLVAREZ CALDERÓN Ministro de la Producción 1575803-3

Autorizan viaje de profesional del INACAL a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2017-PRODUCE 11 de octubre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 033-2017/CODEX/DIGESA del Comité Nacional del Codex, el Informe N° 038-2017-INACAL/DN, el Informe N° 165-2017-INACAL/ OPP, el Informe N° 1459-2017-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 033-2017/CODEX/DIGESA de fecha 22 de setiembre de 2017, Mirtha Rosario Trujillo Almandoz, Presidenta del Comité Nacional del Codex, pone a conocimiento de la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, la invitación cursada por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura ­ FAO y la Organización Mundial de la Salud ­ OMS para participar en la "44° Reunión del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos", la cual se realizará en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 16 al 20 de octubre de 2017; Que, con el Informe N° 038-2017-INACAL/DN, la Directora de la Dirección de Normalización del INACAL señala que, es importante la participación de la entidad en el mencionado evento se aprobarán Proyectos de Normas Internacionales que tienen implicancia en nuestro país por estar relacionados a la calidad, inocuidad y comercio exterior de alimentos, dentro de los cuales se tratará la aprobación de la parte de etiquetado de la Norma de Aceites de Pescado, respecto la cual nuestro país defiende una posición respecto al contenido de ácidos grasos en estos, y la Norma Regional de Yacón, cuya elaboración fue liderada por nuestro país, teniendo en consideración que la Comisión del Codex Alimentarius es una instancia superior con facultades para aprobar

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