Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 20 de octubre de 2017
Pasajes aéreos US$ 665.00

NORMAS LEGALES

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Nombres y Apellidos

Viáticos Número Total viáticos por día de días US$ US$ 370.00 370.00 5+1 4+1 2,220.00 1,850.00

Luis Enrique Mayaute Vargas 1,249.00 Grismi Claudia Bravo Arana

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos y especialista legal, deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1577971-1

SALUD
Aprueban el Documento Técnico: "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 902-2017/MINSA Lima, 11 de octubre del 2017 Visto el Expediente Nº 16-097312-003, que contienen el Informe Nº 016-2017-DIPOS-DGAIN/MINSA de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud, está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en la presente Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley, contemplan como función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2005SA, se aprobó entre otros, la Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 001: "Procedimiento Médico en el Sector Salud", que tiene como objetivos, establecer el marco normativo para la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) estándar de los procedimientos médicos, así como los usos de la

identificación estándar de los procedimientos médicos en los procesos institucionales y sectoriales; Que, el artículo 142 del Reglamento de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, dispone que es obligación del Ministerio de Salud elaborar, publicar, difundir y actualizar la clasificación, denominación, codificación y descripción de los estándares de información relacionados al registro de las prestaciones y/o conjunto de prestaciones en salud de carácter promocional, preventivo, recuperativo y de rehabilitación orientadas al manejo de las condiciones sanitarias priorizadas para el Aseguramiento Universal en Salud. Corresponde al Ministerio de Salud aprobar y liderar la actualización permanente de las identificaciones estándar de datos en salud base del código correspondiente, según norma técnica específica contenida en el Decreto Supremo N° 024-2005-SA; Que, en ese contexto mediante Resolución Ministerial 689-2006/MINSA, se aprobó el Documento Técnico "Catálogo de Servicios Médicos y Estomatológicos del Ministerio de Salud y de las Unidades Relativas de Valor", con la finalidad de fortalecer el intercambio de servicios y la mejora de la atención de salud en el país; Que, el artículo 98 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional es el órgano de línea responsable de proponer normatividad en materia de organización y gestión de servicios en salud. Asimismo propone normatividad para implementar el intercambio prestacional con la finalidad de generar mayor cobertura de los servicios y utilizar la oferta pública de forma eficiente. Supervisa la política en materia de aseguramiento en salud a nivel nacional; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, ha propuesto el Documento Técnico: "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", con la finalidad de estandarizar la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) de los procedimientos médicos y sanitarios del Sector Salud para los diferentes usos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 986-2016/ MINSA, fue prepublicado el "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", a efectos de recibir los aportes, sugerencias y comentarios por parte de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal con el Informe N° 274-2017-OGAJ/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; Con el visado del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 689-2006/MINSA en el extremo referido al Catálogo de Servicios Médicos y Estomatológicos del Ministerio de Salud, manteniéndose vigente el extremo referido a las Unidades Relativas de Valor, en lo que resulte aplicable, en tanto se apruebe la nueva versión sobre dichas Unidades Relativas de Valor. Artículo 3.- Los establecimientos de salud públicos, privados y mixtos contarán con un plazo de ciento ochenta días (180) calendarios, computables a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial

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