Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de octubre de 2017 /

El Peruano

autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Rildo Ramiro Chumbe Ricopa y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Manuel Antonio López Ramírez, del 23 al 27 de octubre de 2017, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ­ República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ 370.00 Días 4 Pers. 2 Total US$ 2,960.00

Secretaría del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía ­ IBERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 380-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 001594-2017/ IN/OGAJ, de fecha 16 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta con Referencia Reg. Salida: 41RS492017, de fecha 4 de setiembre de 2017, la Secretaría del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía ­ IBERPOL hace de conocimiento de la Policía Nacional del Perú, que la Guardia Civil de España y la Policía Nacional de Colombia, en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), está ofertando un curso denominado "I Seminario sobre Delitos Ambientales y Acciones Policiales ­ Escuela IBERPOL", a realizarse del 23 al 27 de octubre de 2017, en el Centro de Formación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), ubicado en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, para lo cual solicita a la Policía Nacional del Perú, miembro de la Escuela IBERPOL, designe a un representante, a fin que participe en dicho curso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 380-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Julio César Román Quispe, propuesto por la Dirección de Protección del Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, del 22 al 28 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo identificar la normativa penal nacional española y colombiana referente a los delitos medioambientales, así como identificar la materialización de las acciones policiales y las graves afectaciones a los recursos naturales y especies en Iberoamérica; asimismo, se busca orientar a los participantes sobre la influencia que tienen los delitos medioambientales en la salud humada; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de actividad formativa, alojamiento, alimentación y traslados internos, son asumidos por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), conforme lo precisa la Carta con Referencia Reg. Salida: 41RS492017, de fecha 4 de setiembre de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 5849-2017-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 21 de setiembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios;

Viáticos

X

X

=

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1578116-1

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional de Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1038-2017-IN Lima, 19 de octubre de 2017 VISTOS; la Carta con Referencia Reg. Salida: 41RS492017, de fecha 4 de setiembre de 2017, de la

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