Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 20 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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(CENARES), efectivizará uno o varios desembolsos hasta el importe establecido en el numeral precedente; en concordancia con los convenios y memorandos de entendimiento suscritos con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el envío del estado de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en el Anexo, que forma parte de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en los Convenios y Memorando de Entendimiento suscritos con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), remitirá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por la Septuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1578340-2

Autorizan Transferencia Financiera a favor de los Pliegos de los Gobiernos Regionales de Loreto, La Libertad y Huancavelica para financiar acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud ubicados en diferentes zonas de dichas regiones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 915-2017/MINSA Lima, 19 de octubre del 2017 Vistos, los Expedientes N°s. 17-089890-001, 17080381-001, 17-082192-001, 17-033210-001, 17061865-002 y 17-079656-001, que contienen el Informe N° 0499-2017-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de

Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expide la Resolución Ministerial N° 1008-2016/MINSA de fecha 29 de diciembre de 2016, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2017, se aprobaron medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía así como la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto de Urgencia autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 4 400 000 000,00 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), correspondiéndole al Ministerio de Salud la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para ser destinado al financiamiento de acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, asimismo, el artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 004-2017 autoriza al Ministerio de Salud durante el Año Fiscal 2017, a realizar transferencias financieras hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de las unidades ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales a fin de financiar el mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud, en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, producidos hasta la culminación de la referida ocurrencia determinada por el órgano competente. Dichas transferencias financieras se autorizan mediante Resolución Ministerial y se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Ley N° 30624, se disponen medidas presupuestarias destinadas a impulsar el gasto público para el Año Fiscal 2017; Que, a través del artículo 11 de la Ley N° 30624 se amplían los alcances del artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 004-2017 para financiar además del mantenimiento, la reposición, rehabilitación, ampliación marginal y optimización en los establecimientos de salud a nivel nacional; Que, la Dirección General de Operaciones en Salud mediante Memorándums N°s 603-2017-DGOS/MINSA, 613-2017-DGOS/MINSA, 615-2017-DGOS/MINSA, 6172017-DGOS/MINSA, 677-2017-DGOS/MINSA y 6992017-DGOS/MINSA ha remitido a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los informes de evaluación técnica de las fichas de mantenimiento remitidas por los Gobiernos Regionales de Loreto, La Libertad y Huancavelica, respectivamente; informando que corresponde asignar recursos para el financiamiento de las acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud ubicados en diferentes zonas de dichas regiones; Que, por su parte, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia financiera; Que, conforme a lo señalado en el documento de vistos, resulta necesario autorizar una transferencia financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON 00/100 SOLES (S/ 5 440 331.00), de los cuales le corresponde al Pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto el monto de UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 1 449 520.00), al Pliego 451: Gobierno Regional del Departamento de La Libertad el monto de DOS MILLONES CIENTO TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 2 113 149.00), y el

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