Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 20 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO: El acta de fecha 28 de setiembre de 2017 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que el órgano de línea, a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, el Comité Técnico de Normalización en materia de: a) Bioseguridad en organismos vivos modificados, b) Nanotecnología , c) Cereales, leguminosas y productos derivados, d) Alimentos para regímenes especiales, e) Productos forestales maderables transformados, f) Gestión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, g) Pruebas de laboratorio clínico y sistemas para diagnóstico in vitro, h) Seguridad eléctrica, i) Transformadores, j) Conductores eléctricos, k) Uso racional de energía y eficiencia energética, l) Agregados, concreto, concreto armado y concreto pretensado, m) Políticas del consumidor y n) Gestión ambiental proponen aprobar 26 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y dejar sin efecto 09 Normas Técnicas Peruanas, sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes; Que, mediante el Informe N°017-2017-INACAL/ DN.PN de fecha 25 de setiembre de 2017, la Dirección de Normalización señaló que las normas técnicas propuestas descritas en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización designado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°017-2016INACAL/PE, en sesión de fecha 28 de setiembre del presente año, acordó por unanimidad aprobar 26 Normas Técnicas Peruanas y dejar sin efecto 09 Normas Técnicas Peruanas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224:
NTP/ET-ISO/TS 21569-4:2017 Métodos horizontales para el análisis con marcadores biológicos moleculares. Métodos de análisis para la detección de organismos genéticamente modificados y productos derivados. Parte 4: Método de tamizado basado en PCR en tiempo real para la detección de las secuencias de ADN P-nos y P-nos-nptII. 1a Edición NTP/ET-ISO/TS 80004-5:2017 Nanotecnologías. Vocabulario. Parte 5: Interfase nano/bio. 1a Edición NTP-ISO 7971-1:2017 Cereales. Determinación de la densidad volumétrica, denominada masa por hectolitro. Parte 1: Método de referencia. 1a Edición Principios generales para la adición de nutrientes esenciales a los alimentos. 1a Edición Norma relativa a los alimentos para regímenes especiales destinados a personas intolerantes al gluten. 1a Edición MUEBLES. Mobiliario para instituciones educativas. Definiciones. 3a Edición Reemplaza a la NTP 260.011:2012 MADERA. Hojas de puertas de madera. Método de medición de altura, anchura, espesor y escuadrado. 3a Edición Reemplaza a la NTP 251.062:2011 (revisada el 2015) GESTIÓN DE LA I+D+i. Terminología y definiciones de las actividades de I+D+i. 2a Edición Reemplaza a la NTP 732.001:2009 GESTIÓN DE LA I+D+i. Requisitos de un proyecto de I+D+i. 2a Edición Reemplaza a la NTP 732.002:2009 Laboratorios clínicos. Requisitos de seguridad. 1a Edición Medicina de laboratorio. Requisitos para los laboratorios de medición de referencia. 1a Edición Portalámparas diversos. Parte 1: Requisitos generales y ensayos. 1a Edición Transformadores de medida. Parte 2: Requisitos adicionales para los transformadores de corriente. 1a Edición CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables cubiertos con material polimérico para redes de distribución aérea de energía fijados en espaciadores para tensiones de 13,8 kV a 34,5 kV. 1a Edición AIRE ACONDICIONADO. Acondicionadores de aire, enfriadores de

NTP-CODEX CAC/GL 9:2017

NTP-CODEX STAN 118:2017

NTP 260.011:2017

NTP 251.062:2017

NTP 732.001:2017

NTP 732.002:2017

NTP-ISO 15190:2017 NTP-ISO 15195:2017

NTP-IEC 60838-1:2017

NTP-IEC 61869-2:2017

NTP 273.201:2017

NTP 281.900-1:2017

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