Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2017 (06/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de setiembre de 2017 /

El Peruano

de la política de IDi". Asimismo, muestra avances en algunas de las actividades propuestas y ha destinado recursos suficientes para darle sostenibilidad a aquellas que se encuentran en proceso de ejecución; 3. Mejorar la provisión de talleres y laboratorios equipados adecuadamente para el caso de las carreras de ingeniería, ciencias de la salud y de la nueva oferta académica Que, entre las observaciones realizadas en el Informe Complementario está el relacionado a la infraestructura, al respecto la Universidad señaló que en el campus existe un edificio de doce (12) niveles con ciento veinticuatro (124) aulas disponibles y otras cincuenta (50) por implementar, lugares en los que se planea impartir las clases de los nuevos programas académicos e instalar nuevos talleres y laboratorios, para lo cual ha presentado un cronograma de mejora y actualización tecnológica de laboratorios 2017; Que, la Universidad ha planificado acciones que permiten la consecución del objetivo de: "Mejorar la provisión de talleres y laboratorios equipados adecuadamente para el caso de las carreras de ingeniería, ciencias de la salud y de la nueva oferta académica".; II.4 Conclusiones de la evaluación del PDA Que, en cuanto a la pertinencia de los objetivos propuestos, se observa un diseño estratégico del PDA en los tres (3) temas desarrollados, existiendo coherencia entre los objetivos planteados, los resultados esperados y el diseño de acciones a desarrollar; Que, se evidencia una coherencia entre las acciones a desarrollar y las actividades programadas; así como con la sostenibilidad de acciones programadas, donde se ha encontrado una adecuada distribución de funciones para la ejecución del PDA acorde con el estatuto de la Universidad, una dotación de recursos económicos y programación (cronograma) para su implementación; Que, las consideraciones expuestas, se advierte que la propuesta de PDA es consistente, tanto en el diseño para su implementación como para el levantamiento de las observaciones señaladas en el Informe Complementario por lo que corresponde su aprobación6; Que, en virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, el artículo 12 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución Nº 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, a lo acordado en la sesión SCD Nº 032-2017 del Consejo Directivo; y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Plan de Adecuación presentado por la Universidad de Ciencias y Humanidades. Artículo 2.- ESTABLECER que el 02 de octubre del 2017 la Universidad de Ciencias y Humanidades presente la documentación que acredite la ejecución y cumplimiento del Plan de Adecuación, de acuerdo al cronograma presentado. Artículo 3.- ACEPTAR el desistimiento parcial presentado por la Universidad de Ciencias y Humanidades, respecto a los programas de su nueva oferta académica de pregrado: Tecnología Médica, Ingeniería de Software, Ingeniería Industrial e Ingeniería Mecatrónica; y, de posgrado: Maestría en Salud Pública, Maestría en Gestión en Tecnologías de la Información y Comunicación, Maestría en Evaluación y Acreditación de la Calidad Educativa, Maestría en Docencia e Investigación Universitaria, y, Maestría en Tributación, consignados en su solicitud de licenciamiento institucional, concluyendo el procedimiento en este extremo. Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad de Ciencias y Humanidades. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el

portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Presidenta del Consejo Directivo de la Sunedu

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De acuerdo a lo previsto en el Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD, en caso el Consejo Directivo apruebe el plan de adecuación, el cómputo del plazo del procedimiento se suspende hasta el término del periodo de adecuación presentado por el administrado.

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 176-2017-SUNAFIL Lima, 5 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, la de designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 065-2017-SUNAFIL, de fecha 23 de marzo de 2017, se designó a la señorita Yesenia Magali Navarrete Hilario en el cargo de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la SUNAFIL, cargo considerado de confianza; Que, la citada directiva ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que se corresponde aceptar la misma, y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia, a partir del 07 de setiembre de 2017, formulada por la señorita YESENIA MAGALI NAVARRETE HILARIO al cargo de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL; dándosele las gracias por los servicios prestados.

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