Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2017 (06/09/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de setiembre de 2017 /

El Peruano

gestión que les permita tener un procedimiento a seguir cuando reciban dinero por consignaciones judiciales. Cuarto.- Estando a la propuesta formulada por el Coordinador de la Oficina de Apoyo a la Justicia de Paz de esta Corte Superior de Justicia y a la opinión favorable del Área Legal de Presidencia, resulta relevante la Directiva propuesta como instrumento de gestión, pues la misma tiene como propósito mejorar el despacho judicial y la tramitación de los procesos en los Juzgados de Paz, logrando con ello el mejoramiento del servicio de justicia, traducido en la transparencia y celeridad procesal, por lo que resulta pertinente proceder a su aprobación. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva N° 0022017-C-ODAJUP-CSJLE/PJ, denominada "REGISTRO CUSTODIA Y ENTREGA DE CONSIGNACIONES JUDICIALES EN LOS JUZGADOS DE PAZ", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz ­ ODAJUP de esta Corte Superior de Justicia, se encargue de la ejecución, coordinación, supervisión y monitoreo de la aplicación de la Directiva aprobada, con el apoyo de las demás dependencias administrativas que resulten necesarias de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente Resolución Administrativa a la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena ­ ONAJUP, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Lima Este, Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz - ODAJUP, Oficina de Administración Distrital y Área de Imagen y Prensa de esta Corte Superior de Justicia. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT Presidenta (e) 1562026-1

especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; asimismo, establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio; Que, los literales a) y b) del numeral 7.2.2 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional" (en adelante la "Directiva"), cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG y modificada mediante Resoluciones de Contraloría Nros. 458-2016-CG y 2092017-CG, establecen que las designaciones se efectúan bajo la modalidad de concurso público de méritos y designación directa del personal profesional de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.2.3. de la Directiva establece que los Jefes de Órganos de Control Institucional designados por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las entidades por un periodo de tres (03) años. Por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional podrán permanecer en la entidad por un periodo menor a los tres (03) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (05) años; Que, de acuerdo al documento del Visto, por razones de interés institucional resulta conveniente disponer la acción de personal respecto a la Jefatura del Órgano de Control Institucional del Tribunal Constitucional, considerando que se encuentra vacante; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 007-2015CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG y modificada mediante Resoluciones de Contraloría Nros. 458-2016-CG y 209-2017-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Designar al señor Mori Hidalgo, Ricardo, DNI N° 08520562, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Tribunal Constitucional. Artículo Segundo.- El Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, dispondrán y adoptarán las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.

ORGANISMOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Designan Jefe del Órgano de Control Institucional del Tribunal Constitucional
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 340-2017-CG Lima, 5 de setiembre de 2017 Visto, la Hoja Informativa N° 00087-2017-CG/DOCI, emitida por el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19° de la referida Ley, modificada por la Ley N° 28557, dispone que este Organismo Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y

NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1562129-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viajes de docentes de la Universidad Nacional José María Arguedas a México, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS RESOLUCIÓN Nº 0268-2017-CO-UNAJMA Andahuaylas, 24 de Agosto de 2017 VISTOS: La Carta Nº 009-2017-DCHQ/DAITA/ UNAJMA, de fecha 14 de agosto de 2017; la Carta Nº 0109-2017-UNAJMA-DIGII/VPI.D, de fecha 14 de agosto de 2017; el Oficio Nº 058-2017-VP/I-UNAJMA, de fecha 14 de agosto de 2017, la Carta Nº 222-2017-SG-UNAJMA, de fecha 16 de agosto de 2017, el Oficio Nº 059-2017-VP/ I-UNAJMA, de fecha 21 de agosto de 2017 y el Acuerdo

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