Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Mary Sandra Lino Talavera, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Puno y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de El Collao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1456-2017-MP-FN, de fecha 05 de mayo de 2017; con efectividad al 04 de septiembre de 2017. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1565681-6

Estando a lo expuesto en el mencionado documento y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado David Dante Sulca Meza, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2045-2015-MP-FN, de fecha 21 de mayo de 2015, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1565681-8 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3299-2017-MP-FN Lima, 14 de setiembre de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2645-2017-MP-FN, de fecha 31 de julio de 2017, se nombró a la abogada Luz Rocío Pío León, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Pool de Fiscales de Ventanilla; y, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2674-2017-MP-FN, del 01 de agosto del presente año, se le destaca para que preste apoyo al Pool de Fiscales de Lima Norte. Que, a través del oficio Nº 6882-2017-MP-FN-PJFSDFLN, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, eleva el escrito de la mencionada abogada, solicitando la aclaración de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2645-2017-MPFN, en el extremo que el nombramiento señalado debe efectuarse con reserva de la plaza de origen correspondiente. Al respecto, el artículo 210º del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. En tal sentido, teniendo en consideración que se ha incurrido en un error material en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2645-2017-MP-FN, de fecha 31 de julio de 2017, y que el mismo no altera el sentido de la decisión, resulta necesario emitir el resolutivo respectivo, disponiéndose la reserva de la plaza administrativa correspondiente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aclarar el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2645-2017-MPFN, de fecha 31 de julio de 2017, en el sentido que el nombramiento de la abogada Luz Rocío Pío León, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, es con reserva de su plaza de origen.

Dejan sin efecto, dan por concluido y aclaran nombramientos de fiscales de los Distritos Fiscales de Huánuco, Ayacucho y Ventanilla
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3297-2017-MP-FN Lima, 14 de setiembre de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 11559-2017-MP-PJFS-DFH, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, mediante el cual eleva la carta de declinación de la abogada Elizabeth Rosario Urbina Lambruschini, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huánuco y a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo, por motivos de salud de familiar cercano. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3003-2017-MP-FN, de fecha 21 de agosto de 2017, en el que se nombra a la abogada Elizabeth Rosario Urbina Lambruschini, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huánuco y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1565681-7 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3298-2017-MP-FN Lima, 14 de setiembre de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 411-2017-MP-ODCI-AYACUCHO, cursado por el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Ayacucho.

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