Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el Acuerdo N°274-2017CDAH, de sesión de fecha 06 de setiembre 2017, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se autoriza al Centro de Estudios para el Desarrollo Regional - CEDER, como Entidad Certificadora para certificar competencias en la ocupación de "Extensionista Rural en Ganadería de Bovinos", con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Segundo. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1564847-8

Oficializan Acuerdo que aprobó reconocimiento de acreditación otorgada por la Agencia Acreditadora ACBSP a diversos programas de estudio del Instituto Superior San Ignacio de Loyola S.A. (ISIL)
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 359-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 11 de setiembre de 2017 VISTO: El Memorándum N° 169-2017-SINEACE/DEA-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace; Que, mediante Informe de visto, el Informe N°025-2017-SINEACE/P-DEA-IEES/MEGR y demás actuaciones obrantes, la Directora de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, considerando que los programas de estudios

de: Administración de Empresas, Administración de Negocios Internacionales, Administración y Finanzas, Administración de Hoteles y Restaurantes, Administración y Gestión Comercial; y Marketing, del Instituto Superior San Ignacio de Loyola S. A. (ISIL) cumplen con los requisitos establecidos en la Directiva N°001-2015SINEACE-PCDAH, "Directiva que regula el procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales" y han sido acreditadas por Accreditation Council for Business Schools and Programs, INC. - ACBSP, Agencia Acreditadora Internacional autorizada por el Sineace mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°261-2017SINEACE/CDAH-P, recomienda el reconocimiento de las acreditaciones otorgadas a los mencionados programas de estudios, con vigencia al 14 de noviembre del 2026; Que, en atención al informe antes indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 06 de setiembre 2017, arribó al Acuerdo N°276-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó el reconocimiento a la acreditación realizada por Accreditation Council for Business Schools and Programs, INC. - ACBSP, a los programas de estudios de: Administración de Empresas, Administración de Negocios Internacionales, Administración y Finanzas, Administración de Hoteles y Restaurantes, Administración y Gestión Comercial; y Marketing, del Instituto Superior San Ignacio de Loyola S. A. (ISIL), con vigencia hasta el 14 de noviembre 2026. De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo Nº 276-2017CDAH, de sesión de fecha 06 de setiembre 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por la Agencia Acreditadora, Accreditation Council for Business Schools and Programs, INC. - ACBSP, a los programas de estudios de: Administración de Empresas, Administración de Negocios Internacionales, Administración y Finanzas, Administración de Hoteles y Restaurantes, Administración y Gestión Comercial; y Marketing, del Instituto Superior San Ignacio de Loyola S. A. (ISIL), con vigencia hasta el 14 de noviembre 2026. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1564847-9

Oficializan Acuerdo que autorizó renovación de certificación y registro de profesionales como Evaluadores de Competencias Profesionales en las carreras de medicina, odontología, obstetricia, enfermería, ingeniería y biología
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 364-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 11 de setiembre de 2017

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