Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2017 (30/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 30 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido FEE) Viáticos (US$ 540.00 por 4 días) Total : US $ 3,090.19 : US $ 2,160.00 : US $ 5,250.19

Artículo 3.- Disponer que el funcionario cuyo viaje se autoriza presente a la Titular de la Entidad, dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.-. El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVIN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1571051-1

INTERIOR
Autorizan viaje de suboficial de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 942-2017-IN Lima, 28 de setiembre de 2017 VISTOS; la Carta AA 7.8000/200, de fecha 11 de julio de 2017, de la Dirección Nacional de la Gendarmería Nacional de la República Argentina, la Hoja de Estudio y Opinión N° 358-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001479-2017/IN/ OGAJ, de fecha 26 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta AA 7.8000/200, de fecha 11 de julio de 2017, la Dirección Nacional de la Gendarmería Nacional de la República Argentina hace extensivo una invitación a la Agregaduría Policial en la Bajada de Perú en Argentina, a fin que un miembro de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú participe en el Curso Avanzado de Fuerzas Especiales, a realizarse del 2 de octubre al 3 de diciembre de 2017, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ­ República Argentina; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 358-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú John Ronald Gallegos Paredes, propuesto por la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ­ República Argentina, del 1 de octubre al 4 de diciembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo que los participantes adquieran nuevos conocimientos sobre operaciones de intervención, demoliciones y explosivos, operaciones en monte, paracaidismo avanzado y operaciones en montaña, aplicadas por la Gendarmería de la República

Argentina en la lucha contra los actos delictivos de las organizaciones criminales; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de costos educativos, estadía, racionamiento y traslados internos, son asumidos por la Gendarmería Nacional de la República Argentina, conforme lo precisa la Carta AA 7.8000/200, de fecha 11 de julio de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa lo Oficio N° 5741-2017-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 18 de setiembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

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