Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2018 (10/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 10 de abril de 2018 /

El Peruano

7.1 El detalle de las actividades que deberá realizar durante el periodo de EL CONTRATO, de ser el caso. 7.2 Documentación necesaria para la prestación de los servicios, de ser el caso. 7.3 De ser el caso, viáticos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación, los cuales serán otorgados para la prestación de los servicios y/o ejecución de las actividades encomendadas fuera de la ciudad de Lima. Su otorgamiento se rige por la normativa vigente que regule el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional. 7.4 De ser el caso y de modo temporal, con carácter excepcional y en tanto dure la prestación de sus servicios, la asignación de insumos, materiales, equipos, instrumentos, elementos de identificación, equipos de protección personal, implementos de seguridad e indumentaria con el logo de EL OEFA, entre otros, vinculados con el desarrollo de las actividades, siempre que resulten necesarios para el cumplimiento de la finalidad de contratación del servicio. La asignación u otorgamiento de los referidos bienes y/o servicios no desnaturaliza ni afecta el carácter autónomo de la prestación de servicios contratada ni genera vínculo laboral o relación de subordinación con el tercero. 7.5 Otros que consideren necesarios. CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATADO Por EL CONTRATO, EL CONTRATADO se obliga a realizar lo siguiente: 8.1 Prestar el servicio materia de EL CONTRATO en forma directa y personal. EL CONTRATADO no podrá transferir parcial ni totalmente sus obligaciones, tampoco podrá subcontratar la ejecución de las prestaciones objeto de EL CONTRATO, teniendo responsabilidad absoluta sobre su ejecución y cumplimiento. 8.2 Responsabilizarse de la veracidad de la información señalada en la documentación que presente al OEFA. 8.3 Mantener permanentemente actualizada la información y/o documentación remitida y/o presentada para su inscripción. 8.4 Custodiar la información proporcionada por EL OEFA, la cual deberá ser entregada junto con el informe que contiene la descripción de la prestación del servicio. 8.5 Garantizar el buen uso y la conservación de los bienes puestos a su disposición por EL OEFA, y a devolverlos al finalizar el encargo o contrato, dependiendo de la naturaleza del servicio, en las mismas condiciones en que los recibió y sin más desgaste que el derivado de su uso habitual. En caso de que se incumpla dicha obligación, EL CONTRATADO deberá resarcir el daño ocasionado en forma pecuniaria. 8.6 Utilizar los implementos de seguridad necesarios para garantizar la adecuada prestación del servicio. 8.7 Acreditar que cuenta con los seguros necesarios para el desarrollo de las actividades descritas en el presente Contrato, así como con las vacunas contra la fiebre amarilla, difteria, tétanos, hepatitis B, influenza, poliomielitis para adultos, trivírica, rabia y otras que correspondan, cuando le sean asignadas actividades de campo; por lo que, para la firma de EL CONTRATO deberán presentar previamente los documentos que acrediten lo antes señalado. 8.8 Presentar la rendición de viáticos de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente. 8.9 Subsanar las observaciones en el plazo establecido en EL CONTRATO. 8.10 Cumplir con las obligaciones establecidas en EL CONTRATO, sus Términos de Referencia y demás actividades específicas asignadas por ............. (indicar área usuaria). 8.11 Presentar el producto materia del servicio contratado en versión física y digital, conforme a la estructura y los requisitos señalados en los Términos de Referencia. En el caso de los terceros evaluadores: 8.12 De ser el caso, realizar y/o participar en las acciones de evaluación, garantizando la objetividad de la

intervención. EL OEFA podrá establecer, de ser el caso, que en mérito al desarrollo de las mismas, estas puedan ser ejecutadas los días sábado, domingo y feriados. En el caso de los terceros supervisores: 8.12 De ser el caso, realizar las supervisiones directas de conformidad con el Plan de Supervisión y los procedimientos y requisitos previstos en la normativa vigente, garantizando la objetividad de la intervención y el derecho del administrado supervisado a formular las observaciones que desee realizar, en un ambiente de mutuo respeto. De ser el caso, en mérito a las denuncias y/o emergencias ambientales, EL OEFA podrá establecer el desarrollo de las supervisiones los días sábado, domingo o feriados. 8.13 Identificar y corroborar, de ser el caso, las obligaciones ambientales de los titulares de las unidades, plantas o instalaciones supervisadas de empresas de forma previa a la intervención, sobre la base de los formatos o los modelos que provea ................... (indicar área usuaria) de EL OEFA. 8.14 Entregar al área usuaria de EL OEFA, dentro de un plazo máximo de tres (3) días calendario luego de haber culminado la supervisión de campo, el original del acta de supervisión correspondiente a la intervención efectuada, el registro fotográfico y fílmico generado en dicha diligencia y, eventualmente, el reporte preliminar de las acciones de supervisión en caso de que sea requerido. En el caso de los terceros fiscalizadores: 8.12 De ser el caso, analizar, elaborar y/o revisar proyectos de resoluciones y/o informes respecto de los expedientes administrativos a cargo de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos, según el requerimiento de servicio formulado por la referida Dirección. 8.13 De ser el caso, analizar, elaborar y/o revisar informes de análisis económico, evaluaciones de impacto, otorgamiento de incentivos ambientales y demás documentos de trabajo y discusión, orientados a brindar apoyo a la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos. 8.14 De ser el caso, verificar el cumplimiento de las medidas correctivas en campo cuando la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos lo crea conveniente. CLÁUSULA SERVICIO NOVENA: CONFORMIDAD DEL

9.1 La conformidad de la prestación del servicio deberá realizarse en un plazo que no excederá los diez (10) días calendario siguientes a la recepción del producto detallado en los Términos de Referencia. 9.2 En caso de que existan observaciones, el área usuaria comunicará a la Oficina de Administración el detalle de estas. La Oficina de Administración le comunicará a EL CONTRATADO dichas observaciones otorgándole un plazo no mayor a cinco (5) días calendario para la respectiva subsanación. 9.3 Si después de transcurrido el plazo otorgado a EL CONTRATADO, el área usuaria considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, comunicará a la Oficina de Administración para que resuelva EL CONTRATO. CLÁUSULA DÉCIMA: DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 10.1. Las obras, creaciones intelectuales, científicas, entre otros, que se hayan realizados en el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATO con los recursos y medios de la Entidad son de propiedad de EL OEFA. En cualquier caso, los derechos de autor y demás derechos de cualquier naturaleza sobre cualquier material producido bajo las estipulaciones de EL CONTRATO son cedidos a EL OEFA en forma exclusiva.

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