Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2018 (10/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 10 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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con la expectativa de que sus signatarios aumenten la efectividad de sus investigaciones y el cumplimiento de las leyes y reglamentos de sus jurisdicciones; Que, con la finalidad de que la SMV pueda ser signataria del Anexo A.2 del EMMoU y teniendo en cuenta la experiencia de los últimos años, se ha visto por conveniente efectuar algunos ajustes puntuales en el Reglamento de Información Financiera; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1 y el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la SMV, aprobada por Decreto Ley N° 26126 y su modificatoria; el artículo 7 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias; el numeral 2 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011EF; los artículos 1 y 2 de la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV N° 014-2014-SMV/01; así como a lo acordado por el Directorio en su sesión del 9 de abril de 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de modificación del Reglamento de Información Financiera, aprobado por Resolución CONASEV N° 103-99-EF/94.10. Artículo 2.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Los comentarios y observaciones a los que se refiere el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz N° 315 ­ distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: proymrinfofin@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1635017-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Designan Ejecutora Coactiva y Auxiliar Coactivo de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0056-2018-SUNEDU Lima, 9 de abril de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 341-2018-SUNEDU-03-08 de fecha 20 de marzo de 2018 de la Oficina de Administración y el Informe Nº 031-2018-SUNEDU-03-10 de fecha 22 de marzo de 2018 de la Oficina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como

organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, en el numeral 15.12 del artículo 15 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, establece como una de las funciones de la Sunedu, la de exigir coactivamente el pago de sus acreencias o el cumplimiento de las obligaciones que correspondan; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo y la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de mérito; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, precisa que el Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo son contratados según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y que su designación, en los términos señalados en el artículo 7 de norma citada en el considerando anterior, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, reordenado mediante Resolución de Superintendencia Nº 0055-2017-SUNEDU prevé los cargos estructurales de Ejecutor Coactivo y de Auxiliar Coactivo; Que, mediante el Memorando Nº 341-2018-SUNEDU-03-08 de fecha 20 de marzo de 2018, la Oficina de Administración solicita la designación del ejecutor coactivo y del auxiliar coactivo de la Sunedu; Que, mediante Informe Nº 031-2018-SUNEDU-03-10 de fecha 22 de marzo de 2018, la Oficina de Recursos Humanos señala que el personal de la Sunedu actualmente se encuentra contratado bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; en ese contexto informa que, a través de los procesos de selección CAS Nº 003-2018-SUNEDU y CAS Nº 001-2018-SUNEDU se convocó al concurso público para seleccionar al Ejecutor Coactivo y al Auxiliar Coactivo de la Sunedu, habiéndose declarado como ganadores de dichos concursos a la señora Mery Gladys Ramos Salvador y al señor Carlos Fernando Ponce Segovia, respectivamente; por lo que corresponde emitir la Resolución de Superintendencia oficializando la designación de la Ejecutora Coactiva y del Auxiliar Coactivo de la Sunedu; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 27204 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar la designación de la señora Mery Gladys Ramos Salvador como Ejecutora Coactiva de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu. Artículo 2.- Oficializar la designación del señor Carlos Fernando Ponce Segovia como Auxiliar Coactivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos, a la Oficina de Administración, a la señora Mery Gladys Ramos

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