Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2018 (18/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de abril de 2018 /

El Peruano

RODRÍGUEZ con DNI Nº 15299209 y Registro C.A.L. Nº 49417 del Colegio de Abogados de Lima, como EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Paramonga, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la ley específica de la materia. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier acto administrativo que se oponga a la presente Resolución de Alcaldía conforme a ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Administración a través de la Oficina de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la Publicación de la Presente Resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Paramonga http://www.muniparamonga.gob. pe/. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. FERNANDO F. ALVARADO MORENO Alcalde 1637150-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Prorrogan la vigencia de plazos para pagos al contado o en cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios, a que se refieren las Ordenanzas N°s. 017 y 021-2017-MDSA
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018-MDSA San Antonio, 4 de abril de 2018 EL ALCALDE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE VISTO: El Informe Nº 036-2018-GAT-MDSA, de fecha 02/04/2018, del Gerente de Administración Tributaria. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 021-2017-MDSA, de fecha 27 de noviembre de 2017, se estableció que las fechas de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial para el ejercicio 2018,

hasta el 28 de febrero de 2018; y mediante Ordenanza Nº 017-2017-MDSA se estableció que, los contribuyentes que cancelen su deuda anual por arbitrios del año 2018, tendrán un descuento del 15%; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2018MDSA, se aprobó la vigencia de plazo establecido mediante la Ordenanza Nº 017-2017-MDSA; y Ordenanza Nº 021-2017-MDSA; hasta el 31 de marzo de 2018; Que, mediante Informe de Visto, el Gerente de Administración Tributaria requiere se efectúe las acciones necesarias, para que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la prórroga, con carácter general, de la fecha de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto predial para el ejercicio fiscal del 2018; así como la fecha de vencimiento para el pago al contado y, de la primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios para el ejercicio fiscal 2018, aprobados mediante la Ordenanza Nº 021-2017-MDSA y Ordenanza Nº 0172017-MDSA; hasta el 30 de abril de 2018; Que, la primera Disposición Final de la Ordenanza Nº017-2017-MDSA, y el artículo 4º de la Ordenanza Nº 0212017-MDSA, facultan al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias necesarias para la adecuada aplicación y prorroga de las referidas ordenanzas; Estando a lo expuesto, a lo establecido en el artículo 29º del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, con la visación de las Áreas correspondientes, y con las facultades conferidas en los artículos 39ºy 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR en vía de regularización, con carácter general, la vigencia de plazos establecidos mediante la Ordenanza Nº 017-2017-MDSA,y Ordenanza Nº 021-2017-MDSA, hasta el 30 de abril de 2018; con respecto al pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2018; pago al contado de la primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios del ejercicio fiscal 2018; y la fecha de vencimiento que tienen los contribuyentes para cancelar la deuda anual por arbitrios del año 2018, al contado, con el descuento del 15% . Artículo 2º.- MANTENERSE en todo lo demás, el contenido de la Ordenanza Nº 017-2017-MDSA y de la Ordenanza Nº 021-2017-MDSA, no contemplados en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL FLORENCIO YAYA LIZANO Alcalde 1637250-1

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCIÓN

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