Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2018 (26/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 26 de abril de 2018

NORMAS LEGALES
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN 24 de noviembre de 2018 24 de noviembre de 2019 24 de noviembre de 2020 24 de noviembre de 2021 24 de noviembre de 2022

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del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-322673-2017 de fecha 07 de diciembre 2017, la empresa "CITV LOS PINOS HUARAZ S.A.C.", en adelante La Empresa, solicitó autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV fijo, con una (01) Línea de Inspección Tipo Mixta, en el local ubicado en Jr. Primavera Nº 1854, Sec. Ucanan, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; Que, mediante Oficio Nº 817-2018-MTC/15.03 del 31 de enero de 2018 y notificado el 12 de febrero de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación dentro de los diez (10) días hábiles; Que, mediante la Hoja de Ruta E-054140-2018 de fecha 26 de febrero de 2018, La Empresa presenta diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio Nº 817-2018MTC/15.03; Que, mediante Oficio Nº 1922-2018-MTC/15.03 del 07 de marzo de 2018 y notificado el mismo día, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación dentro de los diez (10) días hábiles; Que, mediante la Hoja de Ruta E-073987-2018 y E-082044-2018 de fecha 15 de marzo y 23 de marzo de 2018, La Empresa presenta diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio Nº 1922-2018-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 0338-2018MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa "CITV LOS PINOS HUARAZ S.A.C.", como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, para operar con una (1) línea de inspección tipo mixta, en el local ubicado en la en Jr. Primavera Nº 1854, Sec. Ucanan, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspection AgenciesIFIA, con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa "CITV LOS PINOS HUARAZ S.A.C.", a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- La empresa "CITV LOS PINOS HUARAZ S.A.C.", debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
DOCUMENTOS FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización.

Licencia de funcionamiento y certificado de compatibilidad de uso emitido por la municipalidad correspondiente Relación del equipamiento requerido por el Artículo 34º del Reglamento Nacional Noventa (90) días de Inspecciones Técnicas Vehiculares, calendarios de otorgada la acompañada con los documentos que autorización. sustenten la propiedad y/o condición de arrendatario financiero sobre los mismos.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa "CITV LOS PINOS HUARAZ S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Artículo 8.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado Jr. Ilo, Mz.49E, Lt. 14 ­ José Gálvez, distrito de Villa Maria del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1639783-1

Autorizan a CITV Colon Sociedad Anónima Cerrada - CITV Colon S.A.C. como centro de inspección técnica vehicular para operar en local ubicado en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1643-2018-MTC/15 Lima, 5 de abril de 2018

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