Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2018 (26/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de abril de 2018 /

El Peruano
1 653 112,00 -----------------1 653 112,00 ========== En Soles

realiza la Contraloría General de la República en el marco de sus competencias; señalando además que las unidades ejecutoras de inversiones o las entidades receptoras de las transferencias informan a la OPMI del sector que transfiere los recursos el avance físico y financiero de la ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema nacional, según corresponda; Que, mediante Oficio N° 045-2018/DM/MC, Oficio N° 0070-2018/SG/MC, Oficio N° 100-2018-SG/MC y Oficio N° 181-2018/DM/MC, el Ministerio de Cultura solicita una Transferencia de Partidas a favor del pliego 210801: Municipalidad Provincial de Melgar, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES (S/ 1 653 112,00) para el financiamiento del proyecto de inversión con código unificado 2273255 "Recuperación y puesta en valor de la Catedral San Francisco de Asís de la Ciudad de Ayaviri, Provincia de Melgar - Puno", en el marco del Convenio de Transferencia de Recursos celebrado entre las mencionadas entidades, con cargo a los recursos públicos del pliego Ministerio de Cultura, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 30693; Que, asimismo, mediante Informe N° 000005-2018/ OI/OGPP/SG/MC, adjunto al Oficio N° 0070-2018-SG/ MC, la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura señala que el mencionado proyecto de inversión cumple con los criterios de priorización para proyectos de inversión orientados al cierre de brechas del Sector, de acuerdo a lo señalado en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 30693; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES (S/ 1 653 112,00) del pliego 003: Ministerio de Cultura, a favor del pliego 210801: Municipalidad Distrital de Melgar, para financiar el proyecto de inversión con código unificado 2273255 "Recuperación y puesta en valor de la Catedral San Francisco de Asís de la Ciudad de Ayaviri, Provincia de Melgar - Puno", con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en concordancia con la Ley Nº 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley N° 30693; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES (S/ 1 653 112,00) del pliego 003: Ministerio de Cultura, a favor del pliego 210801: Municipalidad Provincial de Melgar, para financiar la ejecución de un (01) proyecto de inversión, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 003 : Ministerio de Cultura 001 : Administración General En Soles

GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias : TOTAL EGRESOS A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO

: Instancias Descentralizadas 210801 : Municipalidad Provincial de Melgar

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2273255 : Recuperación y puesta en valor de la Catedral San Francisco de Asís de la Ciudad de Ayaviri, Provincia de Melgar - Puno

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros : 1 653 112,00 -----------------1 653 112,00 ==========

TOTAL EGRESOS

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Verificación y seguimiento 4.1 La Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Cultura es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física del proyecto de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, lo que no comprende las acciones de supervisión a cargo de la unidad ejecutora del proyecto de inversión antes mencionado, así como las acciones que realiza la Contraloría General de la República en el marco de sus competencias. 4.2 La unidad ejecutora de inversiones o la entidad receptora de la transferencia informa a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Cultura el avance físico y financiero de la ejecución del proyecto de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, según corresponda, para efectos de las acciones de verificación

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5001253 : Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión 1 : Recursos Ordinarios

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