Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2018 (10/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

Viernes 10 de agosto de 2018 /

El Peruano

ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO SUJETO ACNº TIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: TE-015 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

AREA AFECTADA: 78.66 m2

(...) 1678660-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en sus modalidades de Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva destinado a los damnificados con Viviendas Colapsadas o Inhabitables
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 278 -2018-VIVIENDA Lima, 9 de agosto del 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2017 se aprueban medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, disponiéndose, entre otros, la reubicación de los damnificados que se ubiquen en zona de alto riesgo no mitigable para lo cual se les otorgará un BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva y la reconstrucción de las viviendas de los damnificados que se ubiquen en zona de riesgo mitigable, a quienes se les otorgará un BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio; Que, por Decreto Supremo Nº 076-2018-EF se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 622 318 192,00) a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES) con la finalidad de financiar, entre otros, la entrega de Bonos Familiares Habitacionales en sus modalidades de Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva, asignando el importe de QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 SOLES (S/ 516 216 503,00); Que, el inciso v) del literal a) del párrafo 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto

del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el párrafo 15.2 del mencionado artículo se realiza mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario oficial "El Peruano"; Que, con Memorándum N° 1075-2018-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, de fecha 01 de agosto de 2018, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, solicita la emisión de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera por la suma de QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 SOLES (S/ 516 216 503,00), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A, conforme a la suscripción del Convenio N° 320-2018-VIVIENDA, "Convenio para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva, para damnificados con Viviendas Colapsadas o Inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia", para la atención de los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; en aplicación a lo establecido en el artículo 15° de la Ley de Presupuesto N° 30693; Que, por Memorándum Nº 1782-2018/VIVIENDAOGPP, de fecha 03 de agosto de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 218-2018/VIVIENDA-OGPP-OP, de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autorice una transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. por la suma de QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 SOLES (S/ 516 216 503,00) en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional y de acuerdo a lo suscrito en el Convenio N° 320-2018-VIVIENDA; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), párrafo 15.1 del artículo 15, de la Ley N° 30693, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 SOLES (S/ 516 216 503,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional destinado a los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus

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