Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2018 (12/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 12 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone que "Los servicios portadores, finales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio"; el artículo 144 del mismo dispositivo legal indica los requisitos necesarios que deben ser adjuntados a las solicitudes de otorgamiento de concesión; Que, el artículo 143 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que "El otorgamiento de la concesión única confiere al solicitante la condición de concesionario para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidos en la legislación"; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la ficha de inscripción en el registro que forma parte de él; Que, mediante Informe N° 1461-2018-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa IZFLO SAT COMUNICACIONES E.I.R.L.; Que, con Informe N° 2623-2018-MTC/08, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0082002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a la empresa IZFLO SAT COMUNICACIONES E.I.R.L., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa IZFLO SAT COMUNICACIONES E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo

correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa IZFLO SAT COMUNICACIONES E.I.R.L., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución; para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1679769-2

Designan miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, en representación de las Facultades de Comunicación Social y Periodismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 628-2018 MTC/01.03 Lima, 9 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 54 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, establece que el Consejo Consultivo de Radio y Televisión ­ CONCORTV, es un órgano adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conformado, entre otros, por un representante de las Facultades de Comunicación Social y Periodismo elegido por sus Decanos; Que, el artículo 106 del Reglamento de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, en adelante el Reglamento, señala que la designación de los miembros del CONCORTV, se realiza de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley y que el cargo de miembro del Consejo se ejerce ad honórem, por el período único de dos (02) años improrrogables; Que, con Resolución Ministerial N° 529-2012 MTC/03, se designa al señor Dennis Javier Vargas Marín como miembro del CONCORTV, en representación de las Facultades de Comunicación Social y Periodismo; Que, la Asociación de Universidades del Perú remite el Acta de la Sesión de Decanos de las Facultades de Ciencias de la Comunicación para la elección del representante ante el CONCORTV, mediante la cual se deja constancia de la elección por unanimidad de la señora Patricia Liliana Sánchez Urrego, Decana de la Facultad de Comunicaciones de la Universidad Privada del Norte, como representante de las Facultades de Comunicación Social y Periodismo ante el CONCORTV, asimismo remite la información requerida en el artículo 107 del Reglamento; Que, con Informe N° 0334-2018-MTC/26, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Despacho Viceministerial de Comunicaciones señala que la propuesta citada en el considerando precedente se ha efectuado válidamente y que la señora Patricia Liliana Sánchez Urrego, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 107 del Reglamento y finalmente indica que, se publicó en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la propuesta de designación efectuada, no habiéndose recibido comentarios u observaciones; Que, en este sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007MTC y modificatorias;

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