Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2018 (12/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 12 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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Fiscalizadoras Superiores de los países de la región en materia de control gubernamental; Que, mediante la Carta N° 011720/2018, de fecha 01 de agosto de 2018, el Presidente de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana invita al señor Contralor General de la República del Perú a una visita oficial con el propósito de efectuar una reunión técnica de intercambio de experiencias sobre auditorías desde la perspectiva del control concurrente en obras de reconstrucción tras desastres naturales, así como para la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional, que facilitará la colaboración acordada previamente entre representantes de ambas Entidades Fiscalizadoras Superiores, eventos que se llevarán a cabo los días 21 y 22 de agosto de 2018, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que, por medio de Carta N° 12365.18, de fecha 02 de agosto de 2018, el Vicecontralor General de la República de Cuba invita al Contralor General de la República del Perú a efectuar una visita oficial, con el objetivo de intercambiar buenas prácticas, experiencias y habilidades adquiridas, así como a participar en la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre ambas Entidades Fiscalizadoras Superiores, evento que se llevará a cabo el día 23 de agosto de 2018, en la ciudad de La Habana, Cuba; Que, el propósito de las visitas antes mencionadas es impulsar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en temas de interés común, así como compartir el conocimiento adquirido en materia de control concurrente, como un nuevo enfoque en la lucha contra la corrupción, todo lo cual se instrumentalizará en la suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucional entre Contraloría General de la Republica del Perú y las Entidades Fiscalizadoras Superiores de la República Dominicana y de Cuba respectivamente; Que, la participación de la Contraloría General de la República del Perú en la suscripción de los citados convenios de cooperación, contribuirá al fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales y al posicionamiento de la institución al interior de la OLACEFS; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales la participación del Contralor General de la República en la suscripción de los referidos acuerdos de cooperación, lo cual ha sido comunicado al Congreso de la República, siendo necesario encargar las funciones inherentes del Despacho Contralor al Vicecontralor de Integridad, a efectos de asegurar la función rectora que compete a esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que, durante el Año Fiscal 2018, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo, la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo señalado por la Gerencia de Administración mediante Memorando N° 00448-2018-CG/GAD; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes

al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Integridad de la Contraloría General de la República, señor Humberto Bernardo Ramírez Trucios, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 21 de agosto de 2018 y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados con recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes aéreos US$ 2,421.80, viáticos US$ 1,290.00 (03 días) y gastos de instalación US$ 430.00 (01 día). Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1679848-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor del Concejo Distrital de Vítoc, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 0691-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00433 VÍTOC - CHANCHAMAYO - JUNÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, trece de julio de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 112-2018/MDV, recibido el 2 de julio de 2018, presentado por Manuel Teófilo Martel Macassi, alcalde de la Municipalidad Distrital de Vítoc, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones.

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