Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2018 (17/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 17 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5°.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6°.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Av. Lurigancho N° 624, Urb. Azcarrunz bajo, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo 7°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1677606-1

y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1681434-1

Determinan a la Municipalidad Distrital de Usquil como entidad beneficiaria de bienes y activos de proyecto, a ser transferidos por la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 283-2018-VIVIENDA Lima, 16 de agosto del 2018 VISTOS: Las Cartas Nº 259-2018-ACFSACH y Nº 695-2018-ACFSACH de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama"; el Informe N° 99-2018-VIVIENDA/ VMCS/ DGPPCS/DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe N° 155-2018-VIVIENDAVMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 690-2018-VIVIENDA/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 996, se aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la ejecución de programas sociales; Que, de acuerdo al numeral 4.1 del artículo 4 de dicho Decreto Legislativo, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la fuente de financiamiento, Donaciones y Transferencias y los transfiere a una persona jurídica que se constituye como Fondo Social; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo en mención establece que, una vez concluida la ejecución de los proyectos de carácter social, el Fondo Social procederá a su transferencia en favor de las entidades beneficiarias públicas y privadas sin fines de lucro, las cuales serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que el Fondo Social haya identificado que corresponde dicha transferencia; Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 996, el 5 de junio del año 2009 se suscribe el Convenio de transferencia de recursos y otros entre la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada, y el Estado Peruano, debidamente representado por PROINVERSIÓN; Que, mediante Informe N° 99-2018-VIVIENDA/VMCS/ DGPPCS/DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, ratificado mediante Informe N° 155-2018-VIVIENDAVMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, se señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es competente para que mediante Resolución Ministerial determine a la entidad beneficiaria para la transferencia, por parte de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", de los bienes y activos del proyecto "Mejoramiento del servicio de agua potable y saneamiento básico rural en el caserío de San Martín, distrito de Usquil ­ Otuzco ­ La Libertad", siendo en este caso, la Municipalidad Distrital de Usquil; Que, conforme a las Cartas Nº 259-2018-ACFSACH, recibida el 8 de marzo de 2018, y Nº 695-2018-ACFSACH, recibida el 2 de julio de 2018, la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama" señala que el proyecto "Mejoramiento

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aceptan renuncia del Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 282-2018-VIVIENDA Lima, 16 de agosto del 2018 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 368-2017-VIVIENDA, se designó al señor Jorge Luis Quintana García Godos, en el cargo de Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Luis Quintana García Godos, en el cargo de Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción

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