Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2018 (17/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 17 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo del vencimiento establecido en la Ordenanza Nº130-18/ MCPSMH ­ Ordenanza que establece el Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y de Regularización Tributaria, hasta el 14 de Setiembre del 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas su difusión, a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese y archívese. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1681224-1

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR hasta el 05 de octubre de 2018 la vigencia de la Ordenanza N° 549MDJM que establece un plan de incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www. munijesusmaria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1681759-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 549-MDJM que estableció plan de incentivos para el pago de multas administrativas
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2018-MDJM Jesús María, 15 de agosto de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTOS: el Informe N° 258-2018-MDJM-GSC-SFT de la Subgerencia de Fiscalización y Transporte, el Informe N° 051-2018-MDJM-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° 061-2018-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe N° 443-2018-MDJM-GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum N° 359-2018-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 549-MDJM, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 13 de junio de 2018, modificada por Decreto de Alcaldía N° 010-2018-MDJM publicado el 20 de julio de 2018, se establece un Plan de Incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad Distrital de Jesús María, el cual establece en su artículo 10° que los administrados podrán acogerse a los beneficios no tributarios dispuestos en la citada norma municipal, hasta el 19 de agosto de 2018; Que, mediante documento de la referencia, la Subgerencia de Fiscalización y Transporte, con la conformidad de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, propone la prórroga del beneficio hasta el 05 de octubre de 2018; Que, siendo política de la presente gestión otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 549-MDJM, en aplicación de lo dispuesto en su cuarta disposición final y transitoria;

CONVENIOS INTERNACIONALES
FE DE ERRATAS Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas sobre la celebración de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe" Mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/140, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas sobre la celebración de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe", publicada en la edición del día 12 de agosto de 2018. DICE: Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas sobre la celebración de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe", suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 18 de julio de 2018 y en Santiago, República de Chile, el 30 de julio de 2018 y ratificado mediante Decreto Supremo N° 034-2018RE, de fecha :03 de agosto de 2018. Entró en vigor el 6 de agosto de 2016. DEBE DECIR: Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe dé las Naciones Unidas sobre la celebración de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe", suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 18 de julio de 2018 y en Santiago, República de Chile, el 30 de julio de 2018 y ratificado mediante Decreto Supremo N° 034-2018RE, de fecha 03 de agosto de 2018. Entró en vigor el 6 de agosto de 2018. 1681127-1

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