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37 NORMAS LEGALES Sábado 18 de agosto de 2018 El Peruano / Otorgan permiso de operación a Amaszonas del Paraguay S.A. Líneas Aéreas para prestar servicio de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 559-2018-MTC/12 Lima, 2 de julio del 2018VISTO: La solicitud de AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO:Que, mediante documento de Registro Nº T-290445- 2017 del 03 de noviembre de 2017, precisado y/o modificado con documentos de Registro N° E-330132-2017 del 15 de diciembre de 2017, N° E-018157-2018 del 19 de enero de 2018, N° E-069924-2018 del 13 de marzo de 2018 y N° E-144711-2018 del 28 de mayo de 2018, AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS solicitó Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Paraguay ha designado a AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS para efectuar operaciones de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo en el Perú; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, según los términos del Memorando N° 1816-2017-MTC/12.LEG, Memorando Nº 149-2017-MTC/12.POA, Memorando N° 159-2017-MTC/12.POA, Memorando N° 010-2018-MTC/12.POA, Memorando N° 045-2018-MTC/12.POA, Memorando Nº 161-2018-MTC/12.07.CER, Memorando N° 636-2018-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 022-2018-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 625-2018-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Directoral conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar Permiso de Operación a AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS, por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales entre Perú y Paraguay, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO:- Internacional.RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - ASUNCIÓN - IQUIQUE - LIMA Y VV., hasta siete (07) frecuencias semanales. MATERIAL AERONÁUTICO:- BOMBARDIER CRJ-200.BASE DE OPERACIONES:- Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, Asunción, Paraguay. Artículo 2.- Las aeronaves autorizadas a AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS deben estar provistas del correspondiente Certi fi cado de Matrícula y Certi fi cado de Aeronavegabilidad vigentes, así como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3.- Con relación al Perú, la publicidad y la venta de servicios de transporte aéreo que realice AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 197° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC. Artículo 4.- AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS deberá presentar los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 5.- El ejercicio y utilización de este Permiso de Operación implica por parte de AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomática derivada de cuestiones de soberanía y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdicción peruana. Artículo 6.- AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS queda obligada con el Gobierno del Perú para que este pueda emplear en su servicio, aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa, en los casos de con fl ictos internacionales, desórdenes internos y calamidades públicas. El Gobierno del Perú abonará los gastos ocasionados, de conformidad con la legislación vigente y la práctica internacional. Artículo 7.- La vigencia del presente Permiso de Operación se mantendrá mientras la bene fi ciaria cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolución. Artículo 8.- Si la Administración veri fi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil procederá conforme a lo señalado en el artículo 33°, numeral 33.3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS. Artículo 9.- AMASZONAS DEL PARAGUAY S.A. LÍNEAS AÉREAS deberá constituir la garantía global que establece el artículo 93º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, por el cumplimiento de