Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 18 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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los avances del proyecto de investigación "Red de Acción Social Efectiva, Sociedad de las Organizaciones en la Ciudad de Arequipa, Perú" en la VIII Jornada Internacional de Investigación ­ Docencia Interdisciplinaria de 2018. Acción Social Efectiva de la Sociedad Civil Organizada. Experiencias y Aportaciones Metodológicas y Tecnológicas", en la Universidad del Quindío en Colombia, ubicada en la ciudad de Armenia, del 22 al 24 de agosto de 2018; en ejecución del Proyecto de Investigación titulado: "Red de Acción Social Efectiva, Sociedad de las Organizaciones en la Ciudad de Arequipa, Perú", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 132-2016-FONDECYT-DE de fecha 13 de diciembre del 2016. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del docente Mg. Jorge Alberto Calderon Roque, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, según siguiente detalle: - Pasajes: S/ 1962.55 Soles Arequipa-Lima-Bogotá-ArmeniaArmenia-Bogotá-Lima-Arequipa Del 21 al 24 de agosto del 2018.

- Seguro Viajero: S/ 122.84 Soles - Viáticos: S/ 4000.00 Soles Tercero.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del docente Mg. Mauricio Miguel Gamio Pino, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, según siguiente detalle: - Pasajes: S/ 1962.55 Soles Arequipa-Lima-Bogotá-ArmeniaArmenia-Bogotá-Lima-Arequipa Del 21 al 24 de agosto del 2018.

Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Edison SÚAREZ BUITRON, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Medicina Humana por perdida, el mismo que fue expedido el 19.05.1999, Diploma registrado con el Nº 006, registrado a Fojas 216, del Tomo 027-B , para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 10 de julio de 2018. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Grado de Bachiller en Medicina Humana, de fecha primigenio, 19.05.1999, por motivo de perdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN MEDICINA HUMANA, a don EDISON SUÁREZ BUITRON, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº006, registrado a Fojas 216 del Tomo 027-B. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Medicina Humana. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1681460-1

- Seguro Viajero: S/ 122.84 Soles - Viáticos: S/ 4000.00 Soles Cuarto.- Dentro de los ocho días del retorno, los citados docentes presentarán un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Quinto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1681377-1

Otorgan duplicado de diploma de Bachiller en Medicina Humana de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 3981-CU-2018 Huancayo, 10 de julio 2018. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 23180 de fecha 06.07.2018, por medio de la cual don Edison SUAREZ BUITRON, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Medicina Humana, por perdida.

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de San Rafael, provincia de Bellavista, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0663-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018018882 SAN RAFAEL - BELLAVISTA - SAN MARTÍN JEE MARISCAL CÁCERES (ERM.2018006250) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

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