Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2018 (24/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de agosto de 2018 /

El Peruano

019-2017-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.4 del artículo 63, que la evaluación, elección y designación del director, titular y suplente, representante de la Sociedad Civil la realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento entre la terna de candidatos aptos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, ubicadas en el ámbito de responsabilidad de la empresa prestadora; y en su párrafo 63.5 establece que, para tal efecto, el gerente general de la empresa prestadora pública de accionariado municipal solicita al gobierno regional y a los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sea el caso, remitan el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuestos a través del Acuerdo de Consejo Regional respectivo o según los estatutos o normas pertinentes, respectivamente; la empresa prestadora revisa el cumplimiento de los requisitos de las propuestas presentadas y remite el expediente de los candidatos aptos propuestos al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para su evaluación y continuar con el trámite correspondiente, de acuerdo al procedimiento y los plazos que para dicho fin apruebe el Ente Rector; Que, el artículo 8 del "Procedimiento para la Elección, Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA, vigente durante el procedimiento y aplicable al presente caso, dispone entre otros aspectos, que el procedimiento de elección y designación de los directores de las Empresas Municipales se realiza mediante la Plataforma Virtual, la cual es administrada por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Memorándum Nº 526 y 671-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento remite los Informes Nº 139 y 190-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS, los cuales hace suyos, concluyendo que, evaluado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de los cuatro (04) candidatos propuestos por la Sociedad Civil del ámbito en el que opera la EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., la representación de la Sociedad Civil en el Directorio de la mencionada EPS, debe estar conformado por el señor Manuel Hugo Isique Barrera , como Director Titular, y el señor Gustavo Alberto Veliz Calderón, como Director Suplente; Que, con fecha 20 de junio de 2018, se publica en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA, que aprueba el "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal", la cual señala en su Única Disposición Complementaria Transitoria, que "los Procedimientos de Elección y Designación de Directores, iniciado bajo las disposiciones del procedimiento aprobado por la Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA, se interrumpen en el estado que se encuentren y se adecuan a la etapa que corresponda conforme a las disposiciones establecidas en el procedimiento aprobado por la presente resolución"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, el "Procedimiento para la Elección, Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA; y el "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal" aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de la EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. Designar al señor Manuel Hugo Isique Barrera, como Director Titular, en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A. - EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. Artículo 2.- Designación del Director Suplente de la EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. Designar al señor Gustavo Alberto Veliz Calderón, como Director Suplente, en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A. EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A. - EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1684277-1

Designan Directores titular y suplente en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la EPS SEDAPAR S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2018-VIVIENDA Lima, 23 de agosto de 2018 VISTOS, el Oficio N° 071-2018/S-30000 y Oficio 085-2018/S-30000 de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima (SEDAPAR S.A), el Informe N° 141-2018-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento y el Memorándum N° 538-2018-VIVIENDA/VMCS/DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento tiene por objeto establecer las normas que rigen la prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional, en los ámbitos urbano y rural, con la finalidad de lograr el acceso universal, el aseguramiento de la calidad y la prestación eficiente y sostenible de los mismos, promoviendo la protección ambiental y la inclusión social, en beneficio de la población; Que, el numeral 52.1 del artículo 52 de la citada Ley Marco, establece que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por tres (3) miembros, entre otros; por un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, los numerales 53.3 y 53.4 del artículo 53 de la Ley Marco establecen que la designación del representante de la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de

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