Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2018 (02/12/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

16

NORMAS LEGALES

Domingo 2 de diciembre de 2018 /

El Peruano

debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del trabajador Marco Antonio Eloy Reynoso Guzmán, Jefe de División (e) de la División de Análisis de Casos Especiales de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos, del 2 al 7 de diciembre de 2018, para participar en las Reuniones de los Grupos de Trabajo y en el XXXVIII Pleno de Representantes del GAFILAT, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 3 al 6 de diciembre de 2018. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del 2018 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria­SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Marco Antonio Eloy Reynoso Guzmán Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso US $ 711,14 De Aeropuerto ­ TUUA) Viáticos US $ 1 850,00

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29981 se creó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral, y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y promover la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, reordenado por Resoluciones de Superintendencia Nºs 168 y 216-2017-SUNAFIL, y Nºs 025 y 080-2018-SUNAFIL, el cargo de Sub Intendente Administrativo de la Intendencia de Lima Metropolitana está calificado como Directivo Superior de Libre Designación o Remoción (SP-DS); Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 127-2018-SUNAFIL, de fecha 25 de junio de 2018, se designó al señor Raúl Alfonso Saldarriaga Puente, en el cargo de Sub Intendente Administrativo de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, quien ha presentado su renuncia al cargo, la misma que se ha visto por conveniente aceptar, y designar al profesional que ocupará el cargo vacante; Que, a través del documento de vistos, la Oficina de Recursos Humanos emite opinión favorable para la designación de la señora Ana Milagros Vidal Cabello en el cargo de Sub Intendente Administrativo de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, considerando que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificación de Cargos de la SUNAFIL (Versión 04), aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 240-2017-SUNAFIL; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 0092013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2018, la renuncia formulada por el señor RAÚL ALFONSO SALDARRIAGA PUENTE, al cargo de Sub Intendente Administrativo de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 1 de diciembre de 2018, a la señora ANA MILAGROS VIDAL CABELLO en el cargo de Sub Intendente Administrativo de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a las personas mencionadas en los artículos precedentes, así como a la Oficina General de Administración, para las acciones correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CÁCERES NEYRA Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral 1718928-1

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional (e) Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria 1718808-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Sub Intendente Administrativo de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 206-2018-SUNAFIL Lima, 30 de noviembre de 2018 VISTOS: El Memorándum Nº 1749-2018-SUNAFIL/ILM, de fecha 30 de noviembre de 2018, de la Intendencia de Lima Metropolitana; el Informe Nº 1103-2018-SUNAFIL/ GG-OGA-ORH, de fecha 30 de noviembre de 2018, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 315-2018-SUNAFIL/ GG-OGAJ, de fecha 30 de noviembre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.