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152 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº563-MDJM, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modi fi catorias, de corresponder. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad adecuarse a los cambios normativos que se den. (Artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de la Ordenanza materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Jesús María; así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza rati fi cada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modi fi catorias, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. (Artículo 52 del TUO de la Ley Nº 27444). Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1725983-1UIT = S/ 4,150 Nº Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO ( I ) COSTO ( C )% COBERTURADERECHO S/ S/ (I / C) TRÁMITE unipolar, panel monumental, paleta publicitaria, placa, plancheta o flange, torre publicitaria y volumétrico). 12.15 Autorización para la ubicación de elementos de publicidad por campaña (Temporales) 94.50 94.58 99.92% 28 SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 12.25 Duplicado de autorización municipal para la ubicación de elementos de publicidad 22.60 22.64 99.80% 29 1/ UIT vigente en el año 2018 = S/ 4,150.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 563-MDJM Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima Aprueban el Plan de Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima y los Protocolos de Actuación para la Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 326 Lima, 26 de diciembre de 2018Visto el Memorando N° 2233-2018-MML-GDCGRD, emitido por la Gerencia de Defensa y Gestión del Riesgo de Desastres, y; CONSIDERANDO: Que el artículo 5° de los Lineamientos para la Gestión de Continuidad Operativa, aprobados por Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM, la de fi ne como el proceso continuo que debe formar parte de las operaciones habituales de la Entidad Pública y tiene como objetivo garantizar que siga cumpliendo con su misión mediante la implementación de mecanismos adecuados, con el fi n de salvaguardar los interés de la Nación ante la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cualquier evento que interrumpa o produzca inestabilidad en su operaciones; Que, el numeral 6.1, señala que las Entidades Públicas deben implementar la gestión de la continuidad operativa de acuerdo a sus competencias y a la complejidad de sus operaciones y servicios; precisa también que corresponde al Titular de la Entidad delegar las acciones correspondientes a la gestión de la continuidad operativa, en la unidad orgánica que tenga funciones a fi nes, en función de su estructura orgánica y la complejidad de su operaciones y servicios; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 046 de fecha 16 de febrero de 2018 se delegó a la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres las acciones correspondientes a la gestión de la continuidad operativa a que se re fi ere los Lineamientos, aprobados por Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM; Que, con Informe N° 130-2018-MML-GP-SPC, hecho suyo por la Gerencia de Plani fi cación con Memorando N° 1344-2018-MML-GP, se emitió opinión favorable respecto de (i) el Plan de Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima y (ii) los Protocolos de Actuación para la Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remitidos con Memorando N° 2233-2018-MML-GDCGRD, señalando que están alineados con los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado de Lima Metropolitana 2016-2021, así como al Marco Estratégico 2018 de la institución; Que, atendiendo a la naturaleza de los documentos propuestos, se tiene que aquellos han sido confeccionados por el órgano de línea competente de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobados por Ordenanza N°812 y conforme a la facultad delegada y cuenta con la opinión favorable del órgano de asesoría en asuntos de planeamiento, modernización y desarrollo institucional, por lo que los documentos denominados Plan de Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima y Protocolos de Actuación para la Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuentan con el debido sustento técnico para su aprobación. En uso de las facultades conferidas por el artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y el numeral 6.1 de los Lineamientos para la Gestión de Continuidad Operativa, aprobados por Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Plan de Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima y los Protocolos de Actuación para la Continuidad Operativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima.