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72 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano de inversión y operación de éstas, así como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido; señalando que la Jerarquización Vial es el ordenamiento de las carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras, en adelante SINAC, en niveles de jerarquía, debidamente agrupadas sobre la base de su funcionalidad e importancia; Que, los artículos 4 y 6 del Reglamento, establecen que el SINAC se jerarquiza en tres redes viales, que están a cargo de las autoridades competentes de los niveles de gobierno que corresponden a la organización del Estado, de forma que: (i) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional; (ii) los Gobiernos Regionales a cargo de la Red Vial Departamental o Regional; y, (iii) los Gobiernos Locales a cargo de la Red Vial Vecinal o Rural; Que, el artículo 8 del Reglamento, establece los criterios de jerarquización para la Red Vial Nacional, siendo los siguientes: i) Interconectar al país longitudinalmente o transversalmente, permitiendo la vinculación con los países vecinos; ii) Interconectar las capitales de departamento; iii) Interconectar dos o más carreteras de la Red Vial Nacional, entre otros; Que, los artículos 9 y 10 del Reglamento, disponen que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectúa la Clasi fi cación o Reclasi fi cación de las Carreteras que conforman el SINAC, en aplicación de los criterios de jerarquización vial señalados en el artículo 8 del Reglamento, y considerando la información que proporcionen las autoridades competentes, la cual será aprobada mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasi fi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, el artículo 15 del Reglamento, señala que el Clasi fi cador de Rutas es el documento o fi cial del SINAC, clasi fi cadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluye el Código de Ruta y su de fi nición según los puntos o lugares principales que conecta, respecto del cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualización del Clasi fi cador de Rutas que se aprueba mediante Decreto Supremo y las modi fi caciones son aprobadas por Resolución Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, se aprobó la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC, que comprende a las Rutas de la Red Vial Nacional, de la Red Vial Departamental o Regional y de la Red Vial Vecinal o Rural; Que, por Resolución Ministerial N° 660-2017- MTC/01.02, se aprobó, entre otros, la incorporación en la Red Vial Departamental o Regional del departamento de Junín, la Ruta N° JU-116 con Trayectoria: Emp. PE-5S (Mazamari) - Parcatambo - Dv. Llaylla - Buenos Aires - Mariscal Castilla - Coviriali - Dv. Satipo - Emp. PE-24 A (Pte. Huanacaure); Que, con O fi cio N° 543-2018-GRJ/GR, el Gobierno Regional de Junín, solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobar la reclasi fi cación de fi nitiva de la Ruta Departamental o Regional JU-116, en el Tramo: Dv. Satipo - Emp. PE-24 A (Pte. Huanacaure), como Ruta Nacional, señalando que dicho Tramo se encuentra dando accesibilidad entre Huanacaure - Paratushiali, y además forma parte del Proyecto de inversión “Mejoramiento de la carretera: Emp. PE-3S (Concepción) - Comas - Emp. PE-5S (Satipo) / Emp. PE-5S (Pto. Ocopa) - Atalaya/Emp. PE-5S (Dv. Bajo Kimikiri) - Buenos Aires - Pto. Prado - Mazarobeni - Camajeni - Poyeni, por niveles de servicio”, a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional; Que, mediante Memorando N° 2684-2018-MTC/20, el Director Ejecutivo de Provias Nacional, remite los Informes N°s 426-2018-MTC/20.7 y 032-2018-MTC/20.7.4/BEH de la Unidad Gerencial de Conservación, por los que emite opinión favorable para la aprobación de la reclasi fi cación de fi nitiva de la Ruta Departamental o Regional JU-116 en el Tramo: Dv. Satipo - Emp. PE-24 A (Pte. Huanacaure), como Ruta Nacional, señalando que dicho Tramo pertenece a la Ruta JU-116, y corresponde a un tramo existente que logra la conectividad entre las Rutas Nacionales PE-24 A y PE-5S, por lo que cumple con los criterios de jerarquización vial establecidos en el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC; Que, con Memorándum N° 2300-2018-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, sustentado en el Informe N° 722-2018-MTC/14.07, considera procedente la reclasi fi cación de fi nitiva de la Ruta Departamental o Regional JU-116 en el Tramo: Dv. Satipo - Emp. PE-24 A (Pte. Huanacaure), como Ruta Nacional, la cual formará parte de la Ruta PE-24 A, que tendrá la Trayectoria: Emp. PE-3S (Concepción) - Sta. Rosa de Ocopa - Comas - Mariposa - San Pedro - Bellavista - Emp. PE-5S (Satipo), y el Tramo de la carretera: Pte. Huanacaure - Paratushiali - Satipo, quedará como una variante a la Ruta Nacional PE-24 A; asimismo, recomienda la incorporación de la nueva Ruta Nacional al vigente Clasi fi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; SE RESUELVE:Artículo 1.-Reclasi fi cación de fi nitiva Reclasi fi car de manera de fi nitiva la Ruta Departamental o Regional N° JU-116 en el Tramo: Dv. Satipo - Emp. PE-24 A (Pte. Huanacaure), como Ruta Nacional que formará parte de la Ruta PE-24 A, el cual adoptará la Trayectoria: Emp. PE-3S (Concepción) - Sta. Rosa de Ocopa - Comas - Mariposa - San Pedro - Bellavista - Emp. PE-5S (Satipo). La nueva Ruta Nacional que se establece como consecuencia de la Reclasi fi cación, tendrá el código y trayectoria siguientes: PE-24 A Trayectoria: Emp. PE-3S (Concepción) - Sta. Rosa de Ocopa - Comas - Mariposa - San Pedro - Bellavista - Emp. PE-5S (Satipo). Artículo 2.- Incorporación al Clasi fi cador de Rutas del SINAC Incorporar en el vigente Clasi fi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, la Ruta Nacional establecida por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Actualización del Mapa Vial del SINAC Disponer que la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1727298-4 Aprueban Transferencia Financiera a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1051-2018 MTC/01 Lima, 27 de diciembre de 2018VISTOS: El O fi cio Múltiple Nº 83-2018-MINDEF/VRD del Viceministro de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa; el Memorando Nº 2416 -2018-MTC/09 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de presupuesto del Sector Público