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139 NORMAS LEGALES Domingo 30 de diciembre de 2018 El Peruano / UIT = S/ 4,150 Nº Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDADDERECHO ( I ) COSTO ( C ) % COBERTURA DERECHO S/ S/ (I / C) TRÁMITE - Con ITSE previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento - Con ITSE previa al inicio de actividades que no requieren Licencia de Funcionamiento 09.31Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo bajo135.10 135.12 99.98% 28 09.32Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo medio152.40 152.46 99.96% 29 09.33Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo alto286.70 286.74 99.99% 30 09.34Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo muy alto446.70 446.78 99.98% 31 09.35Renovación del Certi fi cado de ITSE para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo bajo130.30 130.38 99.94% 32 09.36Renovación del Certi fi cado de ITSE para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo medio146.70 146.85 99.90% 33 09.37Renovación del Certi fi cado de ITSE para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo alto256.50 256.52 99.99% 34 09.38Renovación del Certi fi cado de ITSE para módulo, stand o puesto de mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales cali fi cados con nivel de riesgo muy alto397.10 397.19 99.98% 35 09.39 Evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos que se realicen en una edi fi cación diseñada para tal fi n, que requieran el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron su Certi fi cado de ITSE (hasta 3000 personas)256.70 256.76 99.98% 36 09.40 Evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos realizados en edi fi caciones o recintos cuya actividad es distinta a la fi nalidad para la cual se otorgó el Certi fi cado de ITSE (hasta 3000 personas)289.00 289.06 99.98% 37 09.41 Evaluación de condiciones de seguridad de espectáculos públicos deportivos y no deportivos realizados en la vía pública en un área con fi nada con limitaciones o restriciones a la entrada y/o salida que incrementen el riesgo (hasta 3000 personas)321.30 321.36 99.98% 38 SUBGERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Y ANUNCIOS E INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 09.42 Duplicado de Licencia de Funcionamiento 24.60 24.70 99.60% 39 09.43 Duplicado de Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones 25.00 25.08 99.68% 40 09.44 Duplicado de Autorización Municipal 21.20 21.22 99.89% 41 1/ UIT vigente en el año 2018 = S/ 4,150.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 588-MSS Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº588-MSS, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modi fi catorias, de corresponder. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad adecuarse a los cambios normativos que se den. (Artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza rati fi cada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modi fi catorias, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. (Artículo 52 del TUO de la Ley Nº 27444). Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1727195-1