Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2018 (17/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de enero de 2018 /

El Peruano

En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de La Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por La Empresa solicitante. Artículo 7.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en Av. Próceres de la Independencia S.V. Mz. C-11 Lt. 01 Programa Ciudad Mariscal Cáceres Sector II, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1605950-1

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aprueban formatos de "Notificación de oferta de venta Programa de Adjudicación de Lotes - Adjudicación onerosa a valor arancelario" y "Notificación de oferta de venta Programa de Adjudicación de Lotes Adjudicación onerosa a valor comercial"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2018-COFOPRI/DE Lima, 16 de enero de 2018 VISTO: el Informe Nº 002-2018-COFOPRI/DND del 16 de enero de 2018, emitido por la Dirección de Normalización y Desarrollo de COFOPRI; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, "Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos"; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI como instrumento técnico que formaliza

la estructura orgánica de la entidad, conteniendo las funciones generales de ésta y las específicas de cada uno de sus Órganos y Unidades Orgánicas, y que establece en su artículo 9º que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de los programas de adjudicación de lotes con fines de vivienda, a que se refiere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1202 y sus medidas complementarias; Que, mediante Resolución Directoral Nº 166-2017-COFOPRI/DE se aprobaron los formatos de "Notificación de Oferta de Venta PAL - Adjudicación Onerosa a Valor Arancelario" y "Notificación de Oferta de Venta. PAL - Adjudicación Onerosa a Valor Comercial", como Anexos A y B; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA, se modificó el Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con fines de vivienda, a que se refiere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1202, el cual establece entre otras modificaciones, las referidas a la forma, plazos y descuentos en los pagos que se realicen en los programas de adjudicación de lotes, y la Única Disposición Complementaria Transitoria dispone que los procedimientos en trámite se adecúan a lo dispuesto por dicha norma, en la etapa en el que se encuentren y conforme a las disposiciones que emita COFOPRI para tal fin; Que, estando a las variaciones normativas dispuestas por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA, con el Informe de visto, la Dirección de Normalización y Desarrollo propone nuevos formatos de oferta de venta, los cuales corresponde aprobar, manteniendo las denominaciones "Notificación de oferta de venta Programa de Adjudicación de Lotes - Adjudicación onerosa a valor arancelario" y "Notificación de oferta de venta Programa de Adjudicación de Lotes Adjudicación onerosa a valor comercial", anexos A y B respectivamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 803, sus modificatorias y normas reglamentarias, el Decreto Legislativo Nº 1202, los Decretos Supremos Nº 009-99-MTC, Nº 014-2016-VIVIENDA y Nº 025-2007-VIVIENDA; con el visado de Secretaría General, Dirección de Normalización y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto los formatos de oferta de venta aprobados por la Resolución Directoral Nº 166-2017-COFOPRI/DE. Artículo 2º.- Aprobar los formatos de "Notificación de oferta de venta Programa de Adjudicación de Lotes Adjudicación onerosa a valor arancelario" y "Notificación de oferta de venta Programa de Adjudicación de Lotes - Adjudicación onerosa a valor comercial", que como anexos A y B forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 4º.- Notificar la presente Resolución a los órganos estructurados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Artículo 5º.- La presente resolución entra en vigencia desde el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QUILCATE TIRADO Director Ejecutivo 1607073-1

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