Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

b) Sub Gerencia de Fiscalización.- Persuadir, reducir y controlar la invasión de comerciantes ambulantes en las zonas prohibidas y no habilitadas para la feria. c) Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Comercial.- Regular, controlar, ubicar a los expositores o comercio ambulatorio de acuerdo a la normatividad legal vigente. d) Sub Gerencia de Inspecciones Técnicas de Seguridad y Gestión de Riesgo de Desastres.- Establecer un plan preventivo de seguridad para cualquier eventualidad de riesgo, con una unidad y equipo paramédico. e) Sub Gerencia de Limpieza Pública.- Optimizar el barrido, recojo y traslado de los desechos sólidos de manera permanente. f) Sub Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial.- Planificar, dirigir, proponer un plan regulador de tránsito y seguridad vial, mediante un plan de señalización. Artículo 12º.- SANCIONES El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Decreto y la Ordenanza Nº 327-MDPP, será sancionado con la imposición de una multa y al cierre o clausura del Módulo. Las infracciones detectadas serán aplicadas a la persona natural o jurídica que realiza la conducta omisiva o activa constitutiva de infracción sancionable, de conformidad a lo establecido en el Régimen de Aplicaciones de Sanciones Administrativas ­ RAS vigente. La Municipalidad formulará denuncia al expositor ante las autoridades competentes cuando haya indicios razonables de que se comercializa mercadería adulterada o que constituya peligro para la vida o la salud u otras figuras que se encuentren contempladas como faltas o delitos en el Código Penal o leyes especiales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- DEL TRÁNSITO RESTRINGIDO. La Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, adoptará las medidas técnicas y administrativas para la circulación vial de las principales calles del cercado del distrito, considerando que ninguna vía será restringida para el tránsito vehicular, por motivos de la realización de la feria escolar. Segunda.- DE LAS ÁREAS ENCARGADAS. Encárguese el cumplimiento de los dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Económico, la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercial, Subgerencia de Inspecciones Técnicas de Seguridad y Gestión de Riesgos de Desastres, Subgerencia de Serenazgo, Subgerencia de Fiscalización, Subgerencia de Limpieza Pública, Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, en lo que sea de su competencia. Tercera.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 1610038-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Informe N° 005-2018-MSB-GPV, de la Gerencia de Participación Vecinal de fecha 22 de enero de 2018, el Informe N° 019-2018-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 24 de enero de 2018, y el Memorándum N° 062-2018-MSB-GM de fecha 24 de enero de 2018 de la Gerencia Municipal, sobre Convocatoria al Proceso de Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD); CONSIDERANDO: Que, el artículo 102° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde quien lo preside, los Regidores y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; Que, mediante Ordenanza N° 411-MSB, se norma el procedimiento para el proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Borja, señalando en el artículo 4° que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía convoca a la elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD; Que, el artículo 5° de la Ordenanza N°411-MSB, establece la conformación del Comité Electoral responsable de la conducción y desarrollo del proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el CCLD; Que, mediante Informe N°005-2018-MSB-GPV de fecha 22 de enero de 2018, la Gerencia de Participación Vecinal, remite a la Gerencia Municipal el proyecto de decreto de alcaldía para la convocatoria del proceso de elección de los representantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) 2018-2020; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe N° 019-2018-MSB-GM-GAJ de fecha 24 de enero de 2018, da cuenta que la propuesta se sustenta en lo dispuesto en la Ley N° 27972 y las normas locales, concluyendo en que debe emitirse el Decreto de Alcaldía por ajustarse al marco legal vigente al cumplirse los presupuestos legales para su aprobación; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Participación Vecinal y, a los dispuesto en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) del distrito de San Borja; para el periodo 2018 al 2020, acto de votación a realizarse el día domingo 25 de Marzo de 2018, a las 9:00 a.m. 1° convocatoria y 9:30 a.m. 2° convocatoria, en el Salón del Registro Civil ­ Av. Joaquín Madrid N° 200 - San Borja. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San Borja y en el Portal Municipal, y medios por los cuales, también, se publicarán todos los actos que resulten del proceso electoral. CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL
ETAPAS DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA INSCRIPCIÓN DE ORGANIZACIONES SOCIALES SUBSANACIÓN DE INSCRIPCIONES FECHA 29 enero al 26 febrero 30 enero al 27 febrero 31 enero al 28 febrero

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Convocan al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) y aprueban el Cronograma del Proceso Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2018-MSB-A San Borja, 24 de enero de 2018

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