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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2018 (27/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2018 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a CMAC Piura S.A.C. la apertura de oficinas especiales en las provincias de Callao y Tumbes RESOLUCIÓN SBS Nº 0135-2018 Lima, 12 de enero de 2018EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (02) O fi cinas Especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, en sesión de Directorio de fecha 28 de diciembre de 2017, se acordó la apertura de las referidas O fi cinas Especiales; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10.09.2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a CMAC Piura S.A.C la apertura de dos (02) O fi cinas Especiales según se detalla en el Anexo que acompaña a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas Anexo a la Resolución SBS N° 0135-2018 N° Departamento Provincia Distrito Dirección 1 - Callao VentanillaMz. C10 Sub Lote C, Bloque B, sótano de la Urb. Ex Zona Comercial e Industrial Ventanilla. 2 Tumbes Tumbes CorralesCalle Hilario Carrasco N° 299 - C.P. San Pedro de los Incas 1610623-1 Autorizan a Edpyme Credivisión S.A., el cierre de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 0205-2018 Lima, 17 de enero de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por Edpyme Credivisión S.A. (en adelante, la Edpyme), para que se le autorice el cierre de su Agencia Comas ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 1475-2005 de fecha 03.10.2005, se autorizó a la Edpyme la apertura de la agencia ubicada actualmente en Av. Túpac Amaru Nº 6305 Urb. Huaquillay, 2ª Etapa, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, en sesión de Directorio de fecha 24.11.2018, se acordó el cierre de la referida agencia; Que, la Edpyme ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la ofi cina conforme lo establece el Procedimiento 14º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos aprobado mediante la Resolución SBS Nº 4797-2015, y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10.09.2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar el cierre de la Agencia Comas ubicada en Av. Túpac Amaru Nº 6305 Urb. Huaquillay, 2ª Etapa, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas 1610349-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Solicitan a la Autoridad Nacional del Agua, la solución al problema de la determinación de la naturalización del cauce del río Chilca ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 267-2017-CR/GRL Huacho, 15 de diciembre de 2017.VISTO: El Pedido formulado por el Sr. Vladimir Rojas Hinostroza, Consejero Regional por la provincia de Cañete, quien solicita la emisión de un Acuerdo de Consejo Regional solicitando a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) la solución de fi nitiva e integral al problema de la determinación de la naturalización del cauce del rio Chilca a fi n de evitar riesgos de desastres por inundación; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;